RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2002, de la Presidencia del Congreso de los Diputados, por la que se aprueba la convocatoria pública para la provisión de dos plazas de Traductor Intérprete del Congreso de los Diputados (inglés y francés).

MarginalBOE-A-2002-10942
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorCortes Generales
Rango de LeyResolución
20338 Jueves 6 junio 2002 BOE núm. 135
10942 RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2002, de la Presidencia
del Congreso de los Diputados, por la que se aprueba
la convocatoria pública para la provisión de dos plazas
de Traductor Intérprete del Congreso de los Diputados
(inglés y francés).
En ejecución de lo acordado por la Mesa del Congreso de los
Diputados en su reunión celebrada el día 21 de mayo de 2002,
de conformidad con lo establecido en los artículos6y7delCon-
venio Colectivo del personal laboral del Congreso de los Diputados
se aprueba la convocatoria pública para la provisión, en régimen
de contratación laboral de dos plazas de Traductor Intérprete,
en la Secretaría General del Congreso de los Diputados.
Las tareas de tales plazas serán las de traducción, interpretación
y asistencia general a la actividad de relaciones parlamentarias
del Congreso de los Diputados, de conformidad con lo que esta-
blezca la plantilla orgánica de la Secretaría General del Congreso
de los Diputados.
La convocatoria se regirá por las siguientes bases:
Primera. Requisitos.—Para tomar parte en el proceso de selec-
ción será imprescindible reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión, o en condiciones de obtener, el título
de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el
desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado, por cualesquiera causas, para el ejercicio
profesional ni el desempeño de funciones públicas.
Todos los requisitos enumerados en la presente base deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
Segunda. Comisión de Selección.—La resolución del proceso
selectivo será realizada por la Comisión de Selección designada
por la Mesa del Congreso de los Diputados que estará integrada
por los siguientes miembros:
Un miembro de la Mesa de la Cámara, que presidirá la Comi-
sión.
El Secretario general del Congreso de los Diputados o persona
en quien delegue.
El Director de Relaciones Parlamentarias de la Secretaría Gene-
ral del Congreso de los Diputados.
Un experto designado por la Oficina de Interpretación de Len-
guas del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Un Letrado de las Cortes Generales, que actuará como Secre-
tario.
Uno de los representantes del personal laboral podrá participar
como observador en el proceso de selección.
La Comisión de Sno podrá constituirse ni actuar sin la pre-
sencia, cuando menos, de tres de sus miembros. Las decisiones
se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes,
resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del Presidente
de la Comisión de Selección.
Corresponde a la Comisión de Selección las funciones relativas
a la determinación concreta del contenido de las pruebasyala
calificación de los aspirantes, así como, en general, la adopción
de cuantas medidas sean precisas en orden al correcto desarrollo
de las pruebas selectivas. La Comisión de Selección podrá ase-
sorarse de expertos en idiomas.
Tercera. Solicitudes.—Las solicitudes para tomar parte en este
proceso de selección, que se ajustarán al modelo que se publica
al final de la convocatoria como anexo I, deberán dirigirse al Secre-
tario general del Congreso de los Diputados, y se presentarán,
en el Registro de la Dirección de Gobierno Interior de la Secretaría
General de dicha Cámara, en días laborables, —excepto sábados—
de las diez a las catorce horas —o remitir en cualquiera de las
formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-
cas y del Procedimiento Administrativo Común—, desde el día
siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», hasta el día 9 de septiembre de 2002.
El candidato consignará en la solicitud su nombre y apellidos,
número de documento nacional de identidad, domicilio, teléfono
y demás datos reflejados en el modelo de solicitud. En particular
deberá manifestar de manera clara y expresa el cumplimiento de
los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria,
referidos siempre a la fecha de finalización del plazo señalado
para la presentación de solicitudes. Asimismo, deberá expresar
necesariamente el título que aduce para participar en el proceso
de selección y señalar, en su caso, el idioma, de entre los que
se recogen en la base quinta para el ejercicio optativo, cuyo cono-
cimiento alega como mérito. Por último, deberán acompañar foto-
copia del documento nacional de identidad.
El candidato hará constar expresamente en su instancia que,
en caso de resultar seleccionado, presentará los documentos pre-
vistos en la base séptima y que asume el compromiso de firmar
el correspondiente contrato e incorporarse al servicio de la Secre-
taría General del Congreso de los Diputados en el plazo de un
mes a contar desde la notificación de su selección.
El domicilio que figure en las instancias se considerará el único
válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva
del aspirante tanto los errores en la consignación del mismo como
la comunicación al organismo convocante de cualquier cambio
de dicho domicilio.
Los candidatos deberán aportar currículum profesional o aca-
démico, así como la documentación que acredite los datos refle-
jados en los mismos.
Cuarta. Admisión de aspirantes.—Una vez terminado el plazo
de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección dictará
resolución declarando aprobada la relación provisional de aspi-
rantes admitidos y excluidos a la realización de las pruebas, con
expresión de los motivos de exclusión en cada caso, la cual se
hará pública en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Sección
Congreso de los Diputados, y en el tablón de anuncios de la Cáma-
ra. A efectos de lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviem-
bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, con esta publicación se con-
siderará realizada la oportuna notificación a los interesados.
Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no
figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dis-
pondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de dicha resolución, para sub-
sanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión
expresa. Finalizado dicho plazo, la Comisión de Selección hará
pública, mediante el mismo procedimiento, la resolución decla-
rando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos y en la que se indicará el lugar, fecha y hora de rea-
lización de la primera prueba y, en su caso, el orden de actuación
de los aspirantes.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anun-
cios se harán públicos por la Comisión de Selección en el tablón
de anuncios de la Cámara, con veinticuatro horas al menos de
antelación al comienzo de las mismas.
Quinta. Procedimiento de selección.—El proceso de selección
constará de tres ejercicios, que serán eliminatorios, de un ejercicio
optativo y de una entrevista final.
Primer ejercicio: Constará de dos partes.
La primera consistirá en una traducción directa sin diccionario
del inglés al castellano, y en una traducción inversa, con diccio-
nario, del castellano al idioma inglés, de uno o varios textos de
carácter jurídico, político o económico.
La segunda parte consistirá en una traducción directa sin dic-
cionario del francés al castellano, y en una traducción inversa,
con diccionario, del castellano al idioma francés, de uno o varios
textos de carácter jurídico, político o económico.
Segundo ejercicio: Constará de dos partes.
La primera consistirá en una prueba de interpretación simul-
tánea y consecutiva de una ponencia o discurso del castellano
al idioma inglés y viceversa.
La segunda parte consistirá en una prueba de interpretación
simultánea y consecutiva de una ponencia o discurso del castellano
al idioma francés y viceversa.
Tercer ejercicio: Consistirá en un comentario escrito sobre un
texto en castellano de actualidad internacional. Los aspirantes
leerán el comentario ante la Comisión de Selección, la cual podrá

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