RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 1998, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de 8 plazas de la Escala de Servicios (Laboratorio).

MarginalBOE-A-1998-17404
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en

relación con el artículo 3.e) de la misma norma, así como de

acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de los Estatutos de

esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas para

la provisión de plazas de la Escala de Servicios (Laboratorio), con

sujeción a las siguientes

Bases

  1. Normas generales

    1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 8 plazas de

    funcionarios de carrera de la Escala de Servicios (Laboratorio)

    de esta Universidad, por el sistema de acceso libre, de acuerdo

    con la siguiente distribución:

    1. Departamento de Ingeniería Eléctrica y Electrónica:

      Una plaza de especialidad en Electrónica.

      Una plaza de especialidad en Informática.

      Una plaza de especialidad en Electricidad Industrial y

      Electrónica de Potencia.

    2. Departamento de Producción Agraria:

      Una plaza de especialidad Agraria (Oficial de Servicios

      Agrarios).

    3. Departamento de Ciencias del Medio Natural:

      Una plaza de especialidad Química.

    4. Departamento de Química Aplicada:

      Una plaza de especialidad Química.

      Una plaza de especialidad en Electrónica.

    5. Departamento de Proyectos e Ingeniería Rural:

      Una plaza de especialidad Electromecánica (imprescindible

      carné de conducir B1).

      1.2 La realización de las pruebas selectivas se ajustará a lo

      establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para

      la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995,

      de 10 de marzo; los Estatutos de esta Universidad, y la normativa

      contenida en la presente convocatoria.

      1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes, por cada

      especialidad, constará de las siguientes fases:

    6. Oposición: Consistirá en la realización de los siguientes

      ejercicios, teniendo todos ellos carácter eliminatorio.

      Primer ejercicio.-Estará compuesto por las siguientes pruebas,

      teniendo todas ellas carácter eliminatorio.

      El Tribunal podrá decidir que el desarrollo del ejercicio sea

      en una o más sesiones, incluso podrá acordar la realización de

      cada una de las pruebas en convocatorias separadas.

      Primera prueba: Consistirá en la resolución por escrito de un

      cuestionario tipo test con respuestas alternativas, de las que sólo

      una podrá ser considerada correcta, sobre el temario que figura

      en el anexo a la presente convocatoria, tanto de la parte común

      como de la específica.

      El tiempo para la realización de la primera prueba no podrá

      ser superior a sesenta minutos.

      Esta prueba será valorada de0a10puntos. Serán eliminados

      los opositores que no obtengan una puntuación mínima de cinco

      puntos.

      Segunda prueba: Consistirá en desarrollar por escrito tres

      temas, extraídos por sorteo, sobre las materias del programa que

      figuran como anexo. Dos de los temas serán desarrollados entre

      los de la parte específica correspondiente a la especialidad a que

      concurran los aspirantes. El tercer tema será desarrollado entre

      los de la parte común, para todos los aspirantes, con

      independencia de la especialidad a la que concurran.

      Un tema será elegido por los aspirantes, de los dos extraídos

      por sorteo por el Tribunal, entre los que componen la primera

      mitad de los temas correspondientes a la parte específica de cada

      plaza. El segundo tema será elegido por los aspirantes, de los

      dos extraídos por sorteo por el Tribunal, de los que corresponden

      a la segunda mitad del temario específico de cada plaza. El tercer

      tema a desarrollar, extraído por sorteo por el Tribunal,

      corresponderá a los relacionados como parte general común del

      programa.

      El tiempo máximo para el desarrollo de cada tema será de

      una hora. Cada tema se calificará de0a10puntos, siendo

      eliminados aquellos opositores que no obtengan un mínimo de cuatro

      puntos en cada uno de los temas, siempre y cuando en la valoración

      conjunta de la prueba el aspirante obtenga la puntuación mínima

      exigida en el párrafo siguiente.

      La puntuación total de la prueba vendrá integrada por la suma

      de la puntuación de cada uno de los temas, siendo eliminados

      los opositores que no hubieran obtenido una puntuación mínima

      de 15 puntos.

      Segundo ejercicio.-Tendrá carácter eliminatorio.

      Consistirá en la realización por escrito de uno o varios casos

      prácticos, a determinar por el Tribunal, relacionados con los temas

      que figuran en el anexo.

      En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática

      y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una solución

      razonada.

      El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

      de tres horas, y se calificará de0a20puntos, siendo eliminados

      aquellos opositores que no obtengan un mínimo de 10 puntos.

      Tercer ejercicio.-Tendrá carácter eliminatorio.

      Consistirá en la realización de una serie de pruebas

      psicotécnicas, dirigidas a la valoración de las aptitudes de los aspirantes

      en relación con las funciones inherentes a las plazas convocadas.

      Esta prueba será realizada por el Servicio de Psicología Aplicada

      del Instituto de Administración Pública del Gobierno de Navarra,

      en los locales y en las sesiones que determine el citado organismo.

      El ejercicio será valorado de cero a 10 puntos. Serán eliminados

      los opositores que no obtengan una puntuación mínima de cinco

      puntos.

    7. Concurso: Consistirá en la valoración de los méritos

      alegados por los aspirantes con arreglo al baremo que se especifica

      a continuación. En ningún caso la puntuación obtenida por

      acumulación de los méritos correspondientes a los distintos apartados

      de la fase de concurso podrá superar los 30 puntos.

  2. Méritos profesionales: Se valorarán los siguientes méritos,

    siendo la puntuación máxima de este apartado 16,5 puntos:

    1. Por cada mes de servicios prestados a la fecha de

      terminación del plazo de presentación de solicitudes en Universidades

      públicas, en funciones análogas a las de las plazas

      convocadas: 0,35 puntos, hasta un máximo de tres años.

    2. Por cada mes de servicios prestados a la fecha de

      terminación del plazo de presentación de solicitudes en cualquier

      Administración, organismo e institución pública, diferente de

      Universidades públicas, en funciones análogas a las de las plazas

      convocadas: 0,15 puntos, hasta un máximo de tres años.

  3. Conocimientos de euskera y otros idiomas: Se valorarán

    los siguientes méritos, siendo la puntuación máxima de este

    apartado 9 puntos:

    2.1 Euskera:

    1. Por estar en posesión del Certificado Oficial de Aptitud

      en Euskera (EGA) o titulación oficial equivalente: 6,75 puntos.

    2. Por estar en posesión del Certificado Oficial del Ciclo

      Elemental de Euskera o titulación oficial equivalente, siendo

      incompatible su valoración con la valoración del mérito a que hace

      referencia el apartado anterior: 4,5 puntos.

    3. Los aspirantes que no estén en condiciones de acreditar

      las titulaciones a que se refieren los apartados a) y b) podrán

      someterse voluntariamente a una prueba de valoración de sus

      conocimientos de euskera. Dicha prueba tendrá carácter

      voluntario y de mérito y se valorará de 0 a 2,7 puntos. Su realización

      se adecuará a lo establecido en el base 1.6.

      2.2 Otros idiomas:

    4. Por estar en posesión del Certificado de Aptitud

      correspondiente a cualquiera de los idiomas oficiales de la Unión

      Europea, expedidos por Escuelas Oficiales de Idiomas: 4,95 puntos

      por cada uno de los idiomas.

    5. Por estar en posesión del Certificado Oficial del Ciclo

      Elemental correspondiente a cualquiera de los idiomas oficiales de

      la Unión Europea, expedidos por Escuelas Oficiales de

      Idiomas: 3,15 puntos por cada uno de los idiomas.

  4. Otros méritos: Se valorarán hasta un máximo de 4,5 puntos:

    3.1 Por estar en posesión de otras titulaciones, siempre y

    cuando no hayan sido alegadas por los aspirantes para cumplir

    el requisito exigido en el base 2.c) de la convocatoria, se valorarán

    hasta 2 puntos, de acuerdo con la siguiente escala:

    1. Por estar en posesión de un título de Formación Profesional

      de segundo grado de la especialidad correspondiente a la que

      concurra el aspirante: 2 puntos.

    2. Por estar en posesión de otra titulación no contemplada

      en el apartado anterior: 1 punto.

      3.2. Por la superación de cursos realizados en organismos

      e instituciones públicas, Universidades, públicas o privadas,

      siempre y cuando se pueda acreditar certificado de aprovechamiento,

      sobre temas relacionados con las funciones inherentes a las plazas

      objeto de la presente convocatoria, se valorará hasta 2,5 puntos.

      1.4 El Tribunal declarará que han superado el proceso

      selectivo correspondiente a cada especialidad y, en consecuencia, serán

      nombrados funcionarios de carrera aquellos aspirantes que,

      habiendo superado la fase de oposición, de cada especialidad,

      hubieran obtenido mayor puntuación una vez sumadas las

      obtenidas en la fase de oposición y de concurso, cuyo número no

      podrá exceder al de plazas convocadas, de acuerdo con la

      distribución realizada en la base 1.1. y con lo establecido en la

      base 5.11.

      La adjudicación de plazas vacantes a los nuevos funcionarios,

      de la misma especialidad, se realizará de acuerdo con las peticiones

      de los opositores aprobados por orden de puntuación definitiva.

      1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá lugar

      a partir de la primera quincena de octubre.

      1.6 La prueba voluntaria de conocimientos de euskera a que

      se refiere el apartado 2.1.c) de la fase de concurso tendrá lugar

      con anterioridad al inicio de la fase de oposición. Para su

      realización se solicitará la colaboración de la Escuela Oficial de

      Idiomas del Gobierno de Navarra. La convocatoria en la que se fijará

      el día y hora de su realización será publicada en el tablón de

      anuncios del edificio de Administración y Gestión de la

      Universidad. Dicha prueba se realizará en su totalidad en euskera y

      constará de las siguientes partes:

    3. Prueba escrita, en la que se valorarán los contenidos

      gramaticales y la expresión escrita.

    4. Prueba oral, en la que se valorarán la comprensión y

      expresión orales.

      Con cuarenta y ocho horas de...

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