RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2001, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, por la que se dispone la delegación de Competencias del Secretario de Estado.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Marzo de 2001
MarginalBOE-A-2001-4447
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyResolución

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la disposición adicional decimotercera, 4, de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, he resuelto:

Primero.

Delegar en la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, en el ámbito de las competencias atribuidas a la Subdirección General de Programas y Convenios Culturales y Científicos por el artículo 13.6 del Real Decreto 1473/2000, de 4 de agosto, en la redacción dada al mismo por la disposición adicional primera , 2, del Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre, las siguientes:

  1. La autorización y disposición de los gastos de la citada Subdirección General, así como la facultad de interesar del Ministerio de Hacienda la ordenación de los pagos correspondientes.

  2. La celebración y firma de los contratos y Convenios de colaboración necesarios para el ejercicio de las competencias de la Subdirección General.

  3. El otorgamiento de subvenciones y ayudas públicas.

Segundo.

Delegar en la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, respecto de los gastos correspondientes al presupuesto de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, cuyo pago se realiza utilizando los sistemas de anticipo de caja y pagos a justificar, la ordenación de los pagos y la aprobación de las cuentas justificativas de las obligaciones satisfechas.

Tercero.

La delegación de competencias a que se refiere la presente Resolución se entiende sin perjuicio de que el Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica pueda avocar para sí, en cualquier momento, el conocimiento y la resolución de los...

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