RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2001, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convocan ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación de personal docente que preste servicios en el curso 2000-2001 en el exterior.

MarginalBOE-A-2001-6795
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 14 de marzo de 2001, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convocan ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación, de personal docente que preste servicios en el curso 2000-2001 en el exterior.

El programa de formación permanente del profesorado que desarrolla el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, contempla la convocatoria de ayudas económicas individuales para actividades de formación del profesorado que ejerce en niveles anteriores a la Universidad, con la finalidad de fomentar las iniciativas de los docentes hacia su propia formación y apoyar económicamente su participación en actividades de formación que elijan libremente.

A dicha finalidad y con el objeto de facilitar la participación en dicho programa de personal docente que preste servicios en el exterior se convocan ayudas económicas mediante la presente Convocatoria y para cuya resolución se estará a lo dispuesto en los artículos 81 y siguientes de la Ley General Presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y al Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.

En virtud de todo lo cual, esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Objeto de la convocatoria.

Primero.

  1. Se convocan ayudas económicas individuales con una cuantía máxima de 210.000 pesetas, por ayuda para la participación en actividades de formación del profesorado, de acuerdo a las siguientes modalidades de actividad: congresos, cursos de formación, seminarios, estudios universitarios y otras actividades análogas.

  2. El importe total a distribuir en la presente Convocatoria no podrá superar la cantidad de 7.000.000 de pesetas, con cargo a la consignación presupuestaria 18.09.42113.485, de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2001.

    Segundo.

    Las ayudas se concederán para la participación en actividades de formación relacionadas con el puesto de trabajo del solicitante y cuya realización finalice en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2000 y el 30 de septiembre de 2001.

    Requisitos de los solicitantes

    Tercero. Podrán solicitar estas ayudas los funcionarios docentes que desempeñen un puesto en el exterior y que reúnan las siguientes condiciones:

    1. Estar prestando servicios durante el curso 2000-2001 en centros de titularidad española, centros de titularidad mixta, secciones españolas en centros docentes de titularidad extranjera, escuelas europeas, agrupaciones de lengua y cultura españolas y equipos de asesores técnicos de las Consejerías de Educación, todos ellos en el exterior y cuya enseñanza corresponda a modalidades o niveles no universitarios.

    2. No recibir ayuda o beca suficiente de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, para la misma finalidad.

    3. No encontrarse incluido entre los maestros y profesores de lenguas extranjeras con tres años, como mínimo, de experiencia docente, que deseen solicitar una ayuda para participar en actividades de formación en otros Estados miembros de la Unión Europea y que reúnanlos requisitos establecidos en la convocatoria de ayudas que específicamente para dicho colectivo se viene convocando de acuerdo con la acción B del Programa Lingua.

    Presentación, de solicitudes

    Cuarto.

  3. Los aspirantes a una de estas ayudas presentarán sus solicitudes, según modelo que figura en el anexo I de la presente convocatoria en las Consejerías de Educación, según corresponda a sus centros de des tino. También podrá utilizarse para la presentación de solicitudes cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común...

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