RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2000, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se anuncia concurso de promoción a la Segunda Categoría del Cuerpo de Secretarios Judiciales entre Secretarios de la Tercera Categoría.
Marginal | BOE-A-2000-1194 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Emisor | Ministerio de Justicia |
Rango de Ley | Resolución |
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 del Real
Decreto 429/1988, de 29 de abril, por el que se aprueba el
Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, y en el
ar
tículo 61.2 de la Ley Orgánica 5/1997, de 4 de diciembre, de
Reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial,
Esta Secretaría de Estado acuerda anunciar a concurso de
promoción las plazas desiertas de la Segunda Categoría que en anexo
se relacionan, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera.-Podrán tomar parte en este concurso los Secretarios
de la Tercera Categoría que se encuentren en situación de servicio
activo, servicios especiales o excedentes forzosos, adjudicándose
la vacante al solicitante que ostente el mejor puesto en el escalafón.
Segunda.-Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez
días naturales siguientes al de la publicación de la presente
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", dirigidas al ilustrísimo
señor Director general de Relaciones con la Administración de
Justicia, debiendo tener entrada en el Registro General del
Ministerio de Justicia (calle San Bernardo, 21, 28071 Madrid), o
remitidas al mismo en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. Las que se presenten a través
de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser
fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser
remitidas.
Tercera.-Ningún participante podrá anular o modificar su
instancia después de terminar el plazo de presentación de la misma.
Cuarta.-Las instancias recibidas fuera del plazo que se señala
no se tendrán en cuenta al instruir el expediente para la resolución
del concurso.
Quinta.-Los que obtengan plaza en este concurso serán
promovidos a Secretarios judiciales de la Segunda Categoría, una
vez que tomen posesión de la plaza a la que fueron destinados.
Sexta.-Los promovidos y designados a su instancia a
cualquiera de las plazas anunciadas no podrán participar en otro de
traslado antes de que transcurran dos años desde la fecha de
su posesión.
Séptima.-Las plazas que resulten no adjudicadas en este
concurso de promoción se proveerán con carácter forzoso entre los
Secretarios de Tercera Categoría que mejor puesto ocupen en
el escalafón.
Octava.-La adjudicación de plazas a cada uno de los turnos
previstos en el artículo 37.2 del Reglamento Orgánico se ha
realizado reservando las dos primeras para...
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