RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2000, del Banco de España, en ejecución de Resolución ministerial de 23 de octubre de 1997, recaída en el expediente de referencia IE/EF-3/96, incoado por el Banco de España a don Félix Uceda Rada, Director general de 'Corporación Financiera Hispano Suiza E.F. Sociedad Anónima' y por el que se impusieron, entre otras, sanción por infracción muy grave.

MarginalBOE-A-2001-520
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorBanco de España
Rango de LeyResolución
BOE núm. 6 Sábado 6 enero 2001 783
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se
podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el
plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de
la misma. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-adminis-
trativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación
de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46
de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de
13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-
nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que comunica a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 20 de diciembre de 2000.—El Ministro, P. D. (Orden de 8 de
noviembre de 2000), el Secretario de Estado de Economía, de la Energía
y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.
518 ORDEN de 20 de diciembre de 2000 de autorización a la
entidad «Santander Central Hispano Previsión, Sociedad
Anónima, de Seguros y Reaseguros», para operar en los
ramos de vida y accidentes y de inscripción de la men-
cionada entidad en el Registro Administrativo de Entida-
des Aseguradoras.
La entidad «Santander Central Hispano Previsión, Sociedad Anónima,
de Seguros y Reaseguros», ha presentado en esta Dirección General de
Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa
para operar como entidad aseguradora en los ramos de vida y accidentes.
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se des-
prende que la entidad «Santander Central Hispano Previsión, Sociedad
Anónima, de Seguros y Reaseguros» cumple los requisitos establecidos
en la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de
los Seguros Privados.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y
Fondos de Pensiones, he resuelto:
Primero.—Autorizar a la entidad «Santander Central Hispano Previsión,
Sociedad Anónima, de Seguros y Reaseguros» para el ejercicio de la acti-
vidad aseguradora en los ramos de vida y accidentes.
Segundo.—Inscribir, en consecuencia, a la entidad «Santander Central
Hispano Previsión, Sociedad Anónima, de Seguros y Reaseguros» en el
Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras, previsto en el artículo
74 de la precitada Ley 30/1995.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se
podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de
la misma. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-adminis-
trativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación
de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46
13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-
nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 20 de diciembre de 2000.—El Ministro, P. D. (Orden de 8 de
noviembre de 2000), el Secretario de Estado de Economía, de la Energía
y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.
519 ORDEN de 18 de diciembre de 2000 por la que se hacen
públicas las Entidades dadas de baja en el Registro de
Miembros del Sistema Nacional de Compensación Electró-
nica.
nal de Compensación Electrónica. Por su parte la Orden de 29 de febrero
de 1988, que lo desarrolla, en su apartado quinto prevé que el Registro
de Miembros de dicho sistema se llevará en el Banco de España, debiendo
comunicar las altas y bajas que se produzcan al Ministerio de Economía
para que éste disponga su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por todo ello y en su virtud, este Ministerio acuerda:
Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de Entidades
que han sido dadas de baja en el Registro de Miembros del Sistema Nacional
de Compensación Electrónica durante el mes de noviembre de 2000 según
anexo adjunto.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 18 de diciembre de 2000.—El Vicepresidente Segundo del
Gobierno para Asuntos Económicos y Ministro de Economía, P. D. (Orden
de 28 de septiembre de 2000), el Secretario de Estado de Economía, de
la Energía y de la Pequeña y Mediana Empresa, José Folgado Blanco.
Ilma. Sra. Directora general del Tesoro y Política Financiera.
ANEXO
Relación de Entidades dadas de baja en el Registro de Miembros del
Sistema Nacional de Compensación Electrónica durante el mes de
noviembre de 2000
«Caja Rural de Málaga, Sociedad Cooperativa de Crédito».
BANCO DE ESPAÑA
520 RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2000, del Banco de
España, en ejecución de Resolución ministerial de 23 de
octubre de 1997, recaída en el expediente de referen-
cia IE/EF-3/96, incoado por el Banco de España a don Félix
Uceda Rada, Director general de «Corporación Financiera
Hispano Suiza E.F. Sociedad Anónima» y por el que se
impusieron, entre otras, sanción por infracción muy grave.
Con fecha 23 de octubre de 1997, el Vicepresidente Segundo del Gobier-
no y Ministro de Economía y Hacienda dictó Resolución resolviendo el
expediente de referencia IE/EF-3/96, incoado por el Banco de España a
don Félix Uceda Rada, Director general de «Corporación Financiera His-
pano Suiza E.F. Sociedad Anónima», y, habiendo adquirido firmeza por
sentencia firme de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta
de la Audiencia Nacional de fecha 7 de junio de 2000, de la que se ha
dado traslado a este Banco de España, procede, de conformidad con el
artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio («Boletín Oficial del Estado»
del 30), de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar
publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» de la siguiente sanción por
infracción muy grave impuesta en dicha Resolución ministerial, que dis-
puso, entre otras sanciones, la siguiente:
«Cuarto.—Imponer a don Félix Uceda Rada, las siguientes sanciones
previstas en la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención
de las Entidades de Crédito:
A. Multa por importe de 1.000.000 (un millón) de pesetas, prevista
en el artículo 12.1.a) por su responsabilidad en la comisión de una infrac-
ción muy grave, tipificada en el artículo 4.h) de la Ley, consistente en
la negativa o resistencia a la labor inspectora del Banco de España.»
Madrid, 19 de diciembre de 2000.—El Secretario general, José Ramón
del Caño Palop.

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