RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2001, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de cursos de especialidad marítima que imparte el Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española.

MarginalBOE-A-2001-9624
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

El Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española es una Corporación de derecho público creada por Ley 42/1977. Entre otras actividades reconocidas en sus Estatutos, aprobados por Real Decreto 2020/1980, de 31 de julio, se encuentran las de facilitar a sus colegiados la máxima promoción profesional, mediante cursos y seminarios que permitan alas Oficiales de la Marina Mercante alcanzar una formación integral en las diferentes áreas del mundo marítimo.

Vista la documentación presentada, los informes que obran en el expediente y de conformidad con lo establecido en la Orden de 30 de mayo de 1990 ("Boletín Oficial del Estado" número 134), y lo dispuesto en la Resolución de 6 de junio de 1990.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Prorrogar al Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española la homologación de los siguientes cursos de especialidad marítima:

Curso de Capacitación de Operadores de Muelles o Terminales que Manipulen Mercancías Peligrosas en los Puertos.

Cursos de Capacitación para Manipulación de Mercancías Peligrosas en Puertos de Interés General para los Componentes de las Organizaciones de Puertos.

Segundo.

Quince días antes de la celebración de cada curso el Colegio de Oficiales de la Marina Mercante, remitirá a la Subdirección General de Tráfico, Seguridad y Contaminación Marítima, solicitud de autorización del curso con indicación de fechas y lugar donde se imparte el curso, acompañada de relación del profesorado y su currículum profesional en caso de no figurar entre los enviados para solicitar esta prórroga de homologación, a efectos de la oportuna inspección por parte de los servicios de esta Dirección General.

Tercero.

Una vez finalizado el curso y en el plazo máximo de un mes, el Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española, remitirá las actas con los alumnos que lo han superado con indicación de nombre, apellidos y número del documento...

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