RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el ámbito territorial de las Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en las Delegaciones Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Aragón, Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Cataluña, Extremadura, Madrid, Murcia y La Rioja.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Noviembre de 1998
MarginalBOE-A-1998-24776
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero, por el que se reorganizaba territorialmente la Hacienda Pública, en su artículo 25 creaba las Administraciones de Hacienda con ámbito territorial inferior al provincial, atendiendo a criterios demográficos, geográficos y económicos. El objetivo fundamental de esta creación fue la determinación de la competencia territorial de las Administraciones en base a la localización de los sujetos pasivos según su respectivo domicilio fiscal y con la finalidad de conseguir un mejor conocimiento de la realidad por parte de la Administración y estimular, al propio tiempo, la colaboración de los contribuyentes con la misma, propiciando un ámbito de cercanía en la relación tributaria.

Con posterioridad, la creación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, recogida en el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 y su constitución efectiva, regulada por Orden de 25 de septiembre de 1991, del Ministro de Economía y Hacienda, confirmaron la continuidad en el tratamiento concedido a la Administración Territorial en todos sus aspectos, incluido, por tanto, el otorgado a las Administraciones. Dicho tratamiento se concreta en la Orden de 2 de junio de 1994, del Ministro de Economía y Hacienda, que establece en su apartado decimotercero, número 3, que las Administraciones de la Agencia se integran en las correspondientes Delegaciones de la Agencia, con sus funciones y ámbito territorial específico.

Constatados estos presupuestos legales y dado el tiempo transcurrido, así como la experiencia adquirida desde la creación de las Administraciones de la Agencia, y con objeto de mejorar la estructura y el funcionamiento de los servicios públicos, resulta oportuno reordenar ahora el ámbito territorial de las mismas, al tiempo que se recogen determinados cambios de denominación, basados en el proceso de normalización lingüística de determinadas Comunidades Autónomas. Asimismo, se ha procedido a la redistribución de algunos municipios y códigos postales o municipales situados en el ámbito de competencia de determinadas Administraciones; todo ello por razones de proximidad geográfica o mayor comodidad en el contexto económico-social para el administrado.

El contenido de la presente Resolución recoge exclusivamente el ámbito territorial de las Delegaciones de la Agencia Estatal de...

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