RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 1999, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se convocan a concurso y concurso de méritos plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.
Marginal | BOE-A-1999-12776 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Emisor | Universidades |
Rango de Ley | Resolución |
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Reforma
Universitaria y en el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre
("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), por el que se
regulan los concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos
Docentes Universitarios, en su nueva redacción dada por el Real
Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del Estado"
de 11 de julio), y a tenor de lo establecido en los Estatutos de
la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobados por Real
Decreto 1291/1991, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 10),
Este Rectorado, conforme al acuerdo de la Junta de Gobierno
de esta Universidad de fecha 4 de mayo de 1999, ha resuelto
convocar pruebas selectivas para la provisión de las plazas que
figuran como anexo a la presente Resolución, con sujeción a las
siguientes
Bases de convocatoria
-
Normas generales
1.1 A los presentes concursos les será aplicable la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín
Oficial del Estado" de 1 de septiembre); el Real Decreto 1888/1984,
de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre);
la Orden de 28 de diciembre de 1984 ("Boletín Oficial del Estado"
de 16 de enero de 1985), por la que se desarrolla con carácter
transitorio dicho Real Decreto, y, en lo no previsto, el Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y la legislación general de
funcionarios civiles del Estado.
1.2 Los concursos tendrán procedimiento independiente para
cada plaza o plazas convocadas.
-
Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
-
Ser español o ciudadano de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea, según lo establecido en el Real
Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado"
de 7 de junio), por el que se regula el acceso a determinados
sectores de la Función Pública de los nacionales de los demás
Estados miembros de la Unión Europea.
-
Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
los setenta años de edad.
-
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración del Estado o de la Administración
Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de las funciones públicas.
-
No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico
incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes a
Profesores de Universidad.
2.2 Deberán reunir, además, las condiciones académicas
específicas que a continuación se señalan:
-
Para concursar a las plazas de Catedrático de Universidad,
estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones
señaladas en el artículo 4. o , apartado 1, letra c), del Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.
-
Para concursar a las plazas de Profesor titular de
Universidad, estar en posesión del título de Doctor y cumplir las
condiciones señaladas en el artículo 37, apartado 4, de la
Ley 11/1983, de 25 de agosto.
-
Para concursar a las plazas de Catedrático de Escuela
Universitaria, estar en posesión del título de Doctor.
-
Para concursar a las plazas de Profesor titular de Escuela
Universitaria, estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto
o Ingeniero, o cumplir las condiciones señaladas en el artículo 35,
apartado 1, de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria.
2.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán
cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de
instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
-
-
Solicitudes
3.1 La solicitud para participar en estas pruebas selectivas
se ajustará según modelo anexo II, que aparece en la Resolución
Rectoral de 15 de febrero de 1990 ("Boletín Oficial del Estado"
de 19 de marzo) y en la página web (http://www.uclm.es/vic-prof).
3.2 Las solicitudes, dirigidas al magnífico y excelentísimo
señor Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha, se
presentarán en el Registro General de esta Universidad (antiguo
Hospital de la Misericordia, calle Altagracia, 50, 13071 Ciudad Real)
o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de veinte días
hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
3.3 Derechos de examen: Los aspirantes deberán abonar la
cantidad de 4.000 pesetas en concepto de derecho de examen
y formación de expedientes, de conformidad con lo establecido
en el artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social. El ingreso deberá
efectuarse en la cuenta cliente código 2105 0200 80 0140032000
de la Caja Castilla-La Mancha, oficina de calle Ciruela, 9 (13001
Ciudad Real)...
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