RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2001, de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, por la que se convocan las ayudas para la promoción del libro español en América, correspondientes al año 2002.

MarginalBOE-A-2001-24245
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución
BOE núm. 304 Jueves 20 diciembre 2001 48781
acta, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de
depósito se integren en alguno de los indicados museos.
Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 12 de diciembre de 2001.—El Subsecretario de Fomento, Adolfo
Menéndez Menéndez.—El Subsecretario de Economía, Miguel Crespo Rodríguez.
Ilmos. Sres. Presidente de la «Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, Socie-
dad Anónima», y Presidente Director de la Fábrica Nacional de Moneda
y Timbre-Real Casa de la Moneda.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTE
24245 RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2001, de la Dirección
General del Libro, Archivos y Bibliotecas, por la que se
convocan las ayudas para la promoción del libro español
en América, correspondientes al año 2002.
La Orden de 6 de febrero de 1992 («Boletín Oficial del Estado» del 21),
establece las normas reguladoras de las ayudas y subvenciones del extin-
guido Ministerio de Cultura.
Por Real Decreto 1331/2000, de 8 de julio, se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, definién-
dose las competencias de sus órganos superiores y centros directivos.
Dentro de las funciones que legalmente corresponden a la Secretaría
de Estado de Cultura, la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas
tiene atribuidas, entre otras, la promoción del libro mediante ayudas y
la promoción y difusión nacional e internacional de las letras españolas.
El desarrollo de las competencias citadas supone incentivar la difusión
del libro y las letras españolas en el ámbito internacional. Un elemento
decisivo para la proyección de la cultura escrita en lenguas españolas,
se centra en la expansión internacional de los productos editoriales espa-
ñoles, como instrumento fundamental para el cumplimiento de los fines
que tiene establecidos la Dirección General del Libro, Archivos y Biblio-
tecas.
Procede ahora, de conformidad con lo establecido en el punto sexto
de la citada Orden, convocar las ayudas para la promoción del libro español
en América correspondientes al año 2002, para lo cual dispongo:
Primero.—Se convocan para el año 2002 las ayudas comprendidas en
el punto 1.d) de la Orden de 6 de febrero de 1992, conforme a la regulación
que se establece en los puntos siguientes de la presente Resolución.
Segundo.—Ayudas para la promoción del libro español en América:
1. Objeto y finalidad.
Se convocan para el año 2002 ayudas dirigidas a empresas editoriales
para la promoción del libro español en América.
1.1 Estas ayudas, tendentes a incentivar la difusión y promoción de
la cultura y del libro español en América, tendrán por objeto la financiación
de las actividades que, desarrolladas durante el presente año, se describen
a continuación:
a) Presencia en ferias internacionales.
b) Elaboración de catálogos editoriales, boletines de novedades y folle-
tos informativos destinados específicamente a los mercados americanos
y la implantación de páginas web en Internet.
c) Desarrollo de proyectos de promoción de productos editoriales.
1.2 Quedan excluidos expresamente los gastos ordinarios correspon-
dientes a las retribuciones del personal fijo y eventual laboral de las empre-
sas beneficiarias, así como la realización de todo tipo de obras en inmuebles.
2. Imputación presupuestaria.
El importe de las ayudas convocadas será, como máximo, de 120.200,00
euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.14.472 del programa
134 B «Cooperación, promoción y difusión cultural en el exterior» del pre-
supuesto de gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para
el año 2002.
La concesión de estas ayudas estará condicionada a la existencia de
crédito suficiente en los Presupuestos Generales del Estado correspon-
dientes al año 2002.
La cuantía de la subvención podrá financiar hasta un máximo del 90
por 100 del coste total de cada actividad.
3. Beneficiarios, requisitos y exclusiones.
3.1 Podrán concurrir a estas ayudas las empresas mercantiles del
sector editorial, ya sean personas físicas o jurídicas, de nacionalidad espa-
ñola, o de otros estados miembros de la Unión Europea o asociados al
Espacio Económico Europeo en los términos y condiciones que establece
la presente convocatoria.
3.2 Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituida.
b) Acreditar que se hallan al corriente de las Obligaciones Tributarias
y de Seguridad Social durante los doce meses anteriores a la solicitud.
c) No haber sido condenados a la pena a la que se refiere el artículo
305.1 del Código Penal o sancionados por las infracciones previstas en
el artículo 82 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria.
d) Desarrollar una labor editorial ininterrumpida de dos años como
mínimo en la fecha de publicación de esta convocatoria.
e) Acreditar que, durante los dos últimos años, como mínimo, ha
comercializado fondos editoriales en el exterior.
Las empresas editoriales extranjeras sólo deberán cumplir los requi-
sitos mencionados en las letras a), d) y e).
3.3 Quedan excluidas expresamente de las ayudas reguladas en esta
Resolución:
a) Los proyectos de actividades que tengan proyección distinta al
ámbito geográfico establecido en el punto Segundo.1 de la presente con-
vocatoria.
b) Las empresas de publicaciones periódicas.
4. Presentación de solicitudes.
4.1 Modelo y presentación de solicitudes.—Las solicitudes se forma-
lizarán en el modelo oficial que figura como anexo I de la presente Orden,
cumplimentándose enteramente a máquina o con letra de molde y deberán
dirigirse al Director general del Libro, Archivos y Bibliotecas. Las soli-
citudes podrán ser presentadas en el Registro de la Secretaría de Estado
de Cultura, plaza del Rey número 1, 28004 Madrid, así como en los Registros
y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de
13 de enero.
4.2 Documentación.—La solicitud deberá acompañarse de la siguiente
documentación:
4.2.1 Documentación administrativa:
a) Original o fotocopia compulsada del documento acreditativo de
la personalidad del solicitante o poder notarial bastante en los supuestos
en que actúe en nombre de otras personas.
b) Fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal.
c) Si el solicitante es una persona jurídica, original o fotocopia com-
pulsada de la escritura pública de constitución o modificación de la socie-
dad en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, y si es
persona física fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
d) Original o fotocopia compulsada de la siguiente documentación
acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad
Social:
Último recibo del Impuesto sobre actividades económicas.
Certificaciones administrativas expedidas por las Administraciones
correspondientes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y
de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de conformidad con
de desarrollo parcial de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos
de las Administraciones Públicas.
4.2.2 Documentación específica:
a) Memoria detallada de las actividades realizadas en el exterior por
la empresa solicitante durante 2000 y 2001 con sus costes correspondientes.
b) Memoria del proyecto o actividad para la que se solicita la Ayuda
y Presupuesto en el que se desglose y detalle, en su caso, los ingresos
y los gastos que exigirá la actividad para los que se pide la subvención
de acuerdo con el modelo oficial que figura como anexo II de esta Reso-
lución.

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