RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 1999, de la Universidad «Miguel Hernández», de Elche, por la que se convocan a concurso de méritos plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.
Marginal | BOE-A-1999-4877 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Emisor | Universidades |
Rango de Ley | Resolución |
Haciendo uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica
11/1983, de 25 de agosto, y el artículo 2.4 del Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre,
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso o concurso
de méritos las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente
Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera.-Dicho concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"
de 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984, de 26 de
septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), modificado
parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio
("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre
de 1984 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de enero de 1985);
Decreto 137/1997, de 1 de abril ("Diario Oficial de la Generalidad
Valenciana" del 4), por el que se aprueba la normativa singular
reguladora de la actividad de la Universidad "Miguel Hernández",
de Elche, por la legislación de la función pública estatal y de
la Generalidad Valenciana, y, en lo no previsto, por la legislación
general de funcionarios que le sea de aplicación.
Segunda.-Para ser admitido al citado concurso, los aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:
-
Ser español o ciudadano de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea, según lo dispuesto por la Ley
17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del
24), sobre el acceso a determinados sectores de la función pública
de los nacionales y de los demás Estados miembros de la Unión
Europea.
-
Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
los setenta años de edad.
-
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado
por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.
En el caso de los aspirantes que no ostenten la nacionalidad
española, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impidan en su Estado el acceso a la función pública.
-
No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor
de Universidad.
Tercera.-Deberán reunir, además, las condiciones específicas
que se señalaban en el artículo 4, apartados 1 ó 2, del Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre, y disposiciones transitorias
tercera y cuarta del mismo, según la categoría de la plaza y clase
del concurso, los requisitos académicos que a continuación se
indican:
-
Para concursar a las plazas de Catedrático de Universidad,
estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones
señaladas en el artículo 4, apartado 1, letra c), del Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre.
-
Para concursar a las plazas de...
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