RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 1999, de la Universidad «Miguel Hernández», de Elche, por la que se convocan a concurso de méritos plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

MarginalBOE-A-1999-4877
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

Haciendo uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica

11/1983, de 25 de agosto, y el artículo 2.4 del Real Decreto

1888/1984, de 26 de septiembre,

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso o concurso

de méritos las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente

Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-Dicho concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley

Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"

de 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984, de 26 de

septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), modificado

parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio

("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio); Orden de 28 de diciembre

de 1984 ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de enero de 1985);

Decreto 137/1997, de 1 de abril ("Diario Oficial de la Generalidad

Valenciana" del 4), por el que se aprueba la normativa singular

reguladora de la actividad de la Universidad "Miguel Hernández",

de Elche, por la legislación de la función pública estatal y de

la Generalidad Valenciana, y, en lo no previsto, por la legislación

general de funcionarios que le sea de aplicación.

Segunda.-Para ser admitido al citado concurso, los aspirantes

deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Ser español o ciudadano de alguno de los demás Estados

    miembros de la Unión Europea, según lo dispuesto por la Ley

    17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del

    24), sobre el acceso a determinados sectores de la función pública

    de los nacionales y de los demás Estados miembros de la Unión

    Europea.

  2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

    los setenta años de edad.

  3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

    del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado

    por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

    En el caso de los aspirantes que no ostenten la nacionalidad

    española, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

    penal que impidan en su Estado el acceso a la función pública.

  4. No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que

    impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

    de Universidad.

    Tercera.-Deberán reunir, además, las condiciones específicas

    que se señalaban en el artículo 4, apartados 1 ó 2, del Real Decreto

    1888/1984, de 26 de septiembre, y disposiciones transitorias

    tercera y cuarta del mismo, según la categoría de la plaza y clase

    del concurso, los requisitos académicos que a continuación se

    indican:

  5. Para concursar a las plazas de Catedrático de Universidad,

    estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones

    señaladas en el artículo 4, apartado 1, letra c), del Real Decreto

    1888/1984, de 26 de septiembre.

  6. Para concursar a las plazas de...

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