RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2001, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas a la creación audiovisual para el 2001.

MarginalBOE-A-2001-7660
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril), reguladora de la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción de viajes y estancias de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y a propuesta de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, y con el fin de estimular la labor de creación audiovisual esta Presidencia acuerda:

  1. Convocar ayudas a la creación audiovisual con el objeto de contribuir al desarrollo de proyectos audiovisuales de cooperación cultural en el ámbito iberoamericano.

  2. Podrán solicitar las ayudas los creadores audiovisuales españoles e iberoamericanos.

  3. El tratamiento será libre y en cuanto al tema se tomarán en consideración aquellos que resalten de manera especial las señas de identidad cultural de los pueblos del ámbito de la convocatoria.

  4. Se concederán 10 ayudas de 800.000 pesetas cada una, con cargo al ejercicio presupuestario del 2001, conceptos 486.00 y 496.00.

  5. La evaluación de las solicitudes se efectuará por una Comisión Evaluadora que estará presidida por el Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por delegación del Presidente (Rr solución de la Agencia Española de Cooperación Internacional de 29 de diciembre de 2000), o persona que designe, a propuesta de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas, formando parte de la misma el Subdirector General de Cooperación y Promoción Cultural Exterior; la Directora de la Filmoteca del Ministerio de Asuntos Exteriores y dos personas designadas dentro del Área Audiovisual de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas. Dicha Comisión elevará la propuesta de concesión de las ayudas al Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional quien resolverá la convocatoria.

  6. La concesión de las ayudas se efectuará mediante un régimen de concurrencia competitiva. Se valorará, de conformidad con el punto tercero, la viabilidad del proyecto, las aportaciones propias o de otras instituciones, la experiencia en el desarrollo de proyectos audiovisuales, el curriculum del o de los interesados, y el respaldo de otras instituciones.

  7. A efectos de que la solicitud pueda ser considerada, los solicitantes deberán aportar los datos completos de la persona física o jurídica que presenta la solicitud (nombre, domicilio, teléfono, fax y número de identificación)...

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