RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2000, de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, por la que se corrige error en la de 26 de julio de 2000 por la que se da publicidad al Convenio suscrito entre la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura y la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

MarginalBOE-A-2000-21136
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución
BOE núm. 280 Miércoles 22 noviembre 2000 40719
MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTE
21135 RESOLUCIÓN de 4 de noviembre de 2000, de la Secretaría
de Estado de Educación y Universidades, por la que se
modifica la de 11 de octubre de 2000 por la que se convoca
el Programa de Becas Posdoctorales en España y en el
extranjero, incluidas las becas MECD/FULBRIGHT.
Para mantener los criterios de admisión de los solicitantes en términos
similares a los de convocatorias anteriores, he resuelto:
Primero.—Modificar el apartado 1.f) de la Resolución de 11 de octubre,
anteriormente mencionada, que queda redactado de la siguiente manera:
«No haber disfrutado con anterioridad de otras becas o contratos pos-
doctorales de los gestionados por la Dirección General de Universidades».
Segundo.—La publicación de la presente Resolución no modificará el
plazo de presentación de solicitudes por lo que se mantiene el de un mes
a partir de la publicación de la Resolución de convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado».
Lo que pongo en conocimiento de V. I. a los efectos pertinentes.
Madrid, 4 de noviembre de 2000.—El Secretario de Estado, Julio Iglesias
de Ussel.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
21136 RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2000, de la Gerencia
de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cul-
tura, por la que se corrige error en la de 26 de julio de
2000 por la que se da publicidad al Convenio suscrito entre
la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Edu-
cación y Cultura y la Consejería de Educación, Ciencia
y Tecnología de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Advertido error material en el Convenio formalizado el 11 de mayo
de 2000 entre la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Edu-
cación y Cultura, organismo autónomo del Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, y la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología de la Comu-
nidad Autónoma de Extremadura, para la financiación de inversiones edu-
cativas ejecutadas por dicha Comunidad Autónoma en el año 2000, por
importe máximo de 700 millones de pesetas (Real Decreto 1801/1999, de
26 de noviembre, Letra G, apartado 3), publicado en el «Boletín Oficial
del Estado» número 197, de 17 de agosto de 2000, se procede a efectuar
la oportuna modificación:
En el anexo Construcción de centros de Educación Secundaria a eje-
cutar en el año 2000, en el Programa 422C, municipio de Navaconcejo:
Donde dice: «IES 8+2; debe decir: «IES 8+4».
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 27 de octubre de 2000.—La Presidenta, Engracia Hidalgo Tena.
21137 RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2000, de la Secretaría
de Estado de Educación y Universidades, por la que se
corrigen errores de la de 18 de octubre de 2000, por la
que se convocan los Premios Nacionales 2000 a la Inno-
vación Educativa.
Advertido error en la Resolución de 18 de octubre de 2000, por la
que se convocan los Premios Nacionales 2000 a la Innovación Educativa,
en el «Boletín Oficial del Estado» de 9 de noviembre, procede efectuar
la siguiente corrección:
En la página 39258 (base séptima), donde dice:
«Séptima.—El plazo de presentación de los trabajos para participar en
esta convocatoria terminará el 31 de octubre de 2000.»
Debe decir:
«Séptima.—El plazo de presentación de los trabajos para participar en
esta convocatoria terminará el 1 de diciembre de 2000.»
Madrid, 16 de noviembre de 2000.—El Secretario de Estado, Julio Igle-
sias de Ussel.
Ilma. Sra. Directora del Centro de Investigación y Documentación Edu-
cativa.
MINISTERIO DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
21138 ORDEN de 2 de noviembre de 2000 por la que se convoca
y se regula las bases para la concesión de subvenciones
para la puesta en práctica de programas experimentales
en materia de formación y empleo, financiados con cargo
a la reserva presupuestaria prevista en la disposición adi-
cional vigésima tercera de la Ley 54/1999, de 29 de diciem-
La Ley 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2000, en su disposición adicional vigésima tercera
establece que el Instituto Nacional de Empleo se reserva para su gestión
directa un porcentaje de determinados créditos presupuestarios relativos
al fomento del empleo que se relacionan en la propia disposición, auto-
rizados en el estado de gastos de dicho organismo para financiar, entre
otras actuaciones, la puesta en práctica de programas experimentales que
exploren nuevas alternativas de inserción laboral de los demandantes de
empleo con la finalidad de su extensión a todo el territorio estatal una
vez evaluada su eficacia.
La Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales, celebrada el día 21
de diciembre de 1999, acordó que el porcentaje de dichos créditos para
el ejercicio presupuestario 2000 ascendiera al 5 por 100 de los mismos.
De acuerdo con lo anterior, se ha considerado necesario dictar las
bases reguladoras de las subvenciones que van a financiar el desarrollo
de los mencionados programas experimentales. En consecuencia, de con-
formidad con el apartado seis del artículo 81 del texto refundido de la
Ley General Presupuestaria y previo informe de la Abogacía del Estado
en el Departamento, dispongo:
Artículo 1. Objeto de la subvención.
Las subvenciones reguladas en esta norma tienen por objeto la puesta
en marcha de programas experimentales que exploren nuevas alternativas
de inserción laboral de colectivos específicos de desempelados y, en par-
ticular, los previstos como prioritarios en el correspondiente Plan Nacional
de Acción para el Empleo, con la finalidad de su extensión a todo el
territorio estatal una vez evaluada su eficacia.
Artículo 2. Financiación y regulación.
1. Las subvenciones y ayudas reguladas en la presente norma serán
financiadas, hasta el límite de las disponibilidades presupuestarias, con
cargo a la reserva establecida por la disposición adicional vigésima tercera,
apartados uno, letra b), y dos de la Ley 54/1999, de 29 de diciembre,
cución de los programas experimentales deberá iniciarse antes del 31 de
diciembre de 2000, debiendo finalizar dicha ejecución durante el primer
semestre del siguiente ejercicio presupuestario.
2. La concesión de las subvenciones se regulará por lo dispuesto en
esta Orden y, en lo no establecido en la misma, por las normas reguladoras
de los distintos programas de empleo y formación que se relacionan en
su disposición adicional primera.

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