RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2008, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se establece la aplicación del procedimiento para la gestión de la liquidación y las condiciones para el pago de la tasa establecida en la disposición adicional duodécima 2, primera, de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, en relación con el sector de hidrocarburos líquidos.

MarginalBOE-A-2008-6035
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyResolución

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas a que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.

La Ley 12/2007, de 2 de julio, dispone el sistema de financiación de la Comisión Nacional de Energía, el cual prevé las distintas tasas que percibirá la CNE por la prestación de servicios y realización de actividades en relación con el sector eléctrico, de hidrocarburos gaseosos y de hidrocarburos líquidos. Asimismo, este precepto legal articula los mecanismos de gestión y recaudación de los ingresos a percibir por la Comisión Nacional de Energía, estableciendo, en concreto, un sistema de liquidación mensual por la CNE respecto a los ingresos correspondiente al sector de hidrocarburos líquidos. En este sentido, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Energía, en su reunión del día 17 de enero de 2002, acordó la aprobación de los impresos de liquidación a remitir por la CNE a los sujetos pasivos correspondientes al sector de hidrocarburos líquidos.

Por otra parte, con el objetivo de acercar la Administración al ciudadano e impulsar el desarrollo de la Sociedad de la Información en el marco de la iniciativa del Gobierno INFO XXI, teniendo en cuanta a su vez las aplicaciones y sistemas de información implantados en el ámbito de la Administración General del Estado, la Comisión Nacional de Emergía ha desarrollado las aplicaciones y los sistemas de información necesarios para que los interesados puedan relacionarse con ésta de forma segura utilizando técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas, de acuerdo con El Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regula los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos y la Orden PRE/1551/2003, de 10 de junio, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas.

Con el fin de facilitar a los contribuyentes el ejerció de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones, se dictó la Orden de 4 de junio de 1998 del Ministerio de Economía y Hacienda, modificada por la Orden de 11 de diciembre de2001, en la que se regulan determinados aspectos de la gestión recaudatoria de las tasas que constituyen derechos de la Hacienda Pública y, en concreto, se aprueba el modelo 991 para la liquidación de tasas, gestionadas por organismos autónomos dependientes de la Administración General del Estado, cuando constituyan recursos de dichos organismos, y se contempla la posibilidad de recaudar dichas tasas a través de cuentas restringidas de recaudación abiertas en entidades colaboradoras.

Con semejante finalidad, con fecha 2 de abril de 2003, se publicó la Orden HAC/729/2003, de 28 de...

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