RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la entidad C.H&L., S.L. contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Lloret de Mar, número uno, don Francisco José Florán Fazio, a inscribir una escritura de segregación y compraventa.

MarginalBOE-A-2003-15310
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por la entidad C.H&L., S.L. contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Lloret de Mar, número uno, don Francisco José Florán Fazio, a inscribir una escritura de segregación y compraventa.

En el recurso gubernativo interpuesto por don Jordi Juanola Frühling, en nombre y representación de la entidad C.H&L., S.L. contra la negativa del Registrador de la Propiedad de LLoret de Mar, número uno, don Francisco José Florán Fazio, a inscribir una escritura de segregación y compraventa.

Hechos

I

Por escritura otorgada en Barcelona, ante el Notario don José Javier Cuevas Castaño, el 15 de noviembre de 2002, número 3.769 de protocolo, las entidades I.C.B., S.L. y P. del R. S.L. representadas por don Fernando V.G., segregan de la finca registral 9871 del Registro de la Propiedad número uno de LLoret de Mar, una parcela con superficie de ochocientos dos metros cuadrados y la venden a la entidad C.H&L., S.L., que representada por don Barry D.R. la compra. En dicha escritura consta, previa información registral, que la finca se encuentra libre de cargas y sin ningún asiento de presentación pendiente de inscripción relativo a dicha finca.

El mismo dÃa se presenta en el Registro comunicación de haberse autorizado la misma, y el 19 de noviembre de 2002, se autoliquida el impuesto y se presenta copia auténtica de dicha escritura en el Registro de la Propiedad. Con fecha 21 de noviembre de 2002, se comunica al recurrente, por parte del Registro de la Propiedad, que debe aportar la referencia catastral. El 28 de Noviembre de 2002 se presenta en el Registro de la Propiedad mandamiento judicial, derivado de las diligencia previas 2477/2002, seguidas ante el Juzgado número tres de Blanes, por el que se ordena al Registrador practicar anotación preventiva de prohibición de disponer sobre la parcela vendida y paralizar cualquier inscripción sobre la finca objeto de la escritura.

II

Presentada la citada escritura en el Registro de la Propiedad, número uno, de LLoret de Mar, fue calificada con la siguiente nota: ' Nota de calificación de la escritura autorizada por el Notario de Barcelona, don José Javier Cuevas Castaño, el 15 de noviembre de 2002, con el número de protocolo 3.769, presentada con el asiento número 681/1 del Diario 53, fecha de presentación 16 de noviembre de 2002. Datos Registrales:

Tomo 1.335, Libro 184, Término Lloret de Mar, Folio 8, Finca 9.871. Hechos:

Examinado el documento que antecede se devuelve al presentante sin practicarse operación alguna porque durante los dÃas de plazo del despacho del documento ha sido presentado mandamiento expedido por el Juzgado de Primera Instancia, número Tres de Blanes, en fecha veinticinco de noviembre de dos mil dos, en el que se ordena que no se despache el documento 3.769 de protocolo, que causó el asiento 681-1, del tomo 53 del Libro Diario de Operaciones, de fecha 16 de noviembre de 2002, al par que establece prohibición de...

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