RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la modificación del Acuerdo sobre Sistema de Previsión Social y transformación de beneficios sociales en 'Banco Pastor, Sociedad Anónima'.

MarginalBOE-A-2003-1984
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la modificación del Acuerdo sobre Sistema de Previsión Social y transformación de beneficios sociales en 'Banco Pastor, Sociedad Anónima'.

Visto el contenido de la modificación del Acuerdo sobre Sistema de Previsión Social y transformación de beneficios sociales en 'Banco Pastor,

Sociedad Anónima', que ha sido alcanzado el dÃa 17 de diciembre de 2002 de una parte por la representación de la empresa y, de otra, por las Secciones Sindicales de CIG, UGT, CC.OO. FITC y ELA.

Y teniendo en consideración los siguientes

Fundamentos de derecho

Primero.--La cláusula adicional sexta del XVIII Convenio Colectivo de Banca habilita a cada empresa en su ámbito para que mediante acuerdo con la representación de los trabajadores, puedan regular o establecer sistema de previsión social, sustitutivos o complementarios, distintos de los establecidos en el propio Convenio Colectivo. Siendo esto asÃ, el Acuerdo sobre el Sistema de Previsión Social y transformación de beneficios sociales en 'Banco Pastor, Sociedad Anónima', de fecha 21 de noviembre de 2001 y el Acuerdo de modificación del mismo arriba citado, ha desarrollado la encomienda que desde el Convenio Colectivo de la Banca se prevé a favor de las empresas y los representantes legales de los trabajadores para el establecimiento de acuerdos de previsión social, acuerdos que están dotados de eficacia general no solo por la remisión de regulación que desde el Convenio de la Banca se realiza sino por la legitimación de quienes lo suscriben.

Hay que señalar que el Acuerdo de fecha 21 de noviembre de 2001 ya fue objeto de resolución que fue publicada en el 'BoletÃn Oficial del Estado' de 28 de diciembre de 2001.

Segundo.--El artÃculo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, determina la inscripción en el Registro Central de Convenios Colectivos de Trabajo de la Dirección General de Trabajo de aquéllos acuerdos o pactos que legalmente tengan reconocida eficacia de Convenio, con lo que se está posibilitando el acceso a tal Registro de acuerdos o pactos que sin ser...

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