Orden EHA/468/2007, de 22 de febrero, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de la liquidación de los presupuestos de las Entidades Locales y de la información adicional requerida para la aplicación efectiva del principio de transparencia en el ámbito de la estabilidad presupuestaria.

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Marzo de 2007
MarginalBOE-A-2007-4616
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas a promover el empleo y la aplicación de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus competencias.

A su vez, el Real Decreto 263/1996, de 16 de febrero, por el que se regula la utilización de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración General del Estado, aborda el desarrollo de dicho artículo, con la pretensión de delimitar en el ámbito de la Administración General del Estado, las garantías, requisitos y supuestos de utilización de dichas técnicas.

El Ministerio de Economía y Hacienda promueve la utilización de las nuevas tecnologías en sus relaciones tanto con los ciudadanos como con otras Administraciones Públicas, entre ellas las Entidades Locales.

El artículo 193.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece la obligación de las Entidades Locales de remitir una copia de la liquidación de sus presupuestos a la Administración del Estado antes de finalizar el mes de marzo del ejercicio siguiente al que corresponda.

Por otra parte, el artículo 21 de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria, modificada por Ley 15/2006, de 26 de mayo, establece que el Ministerio de Economía y Hacienda podrá recabar de las Entidades Locales la información necesaria para permitir la verificación de la adecuación al principio de estabilidad presupuestaria, dentro de la que se incluyen datos propios de la cuenta general de la Entidad Local.

Con el fin de facilitar la transmisión de esta información por parte de las Entidades Locales, el Ministerio de Economía y Hacienda pone a su disposición una aplicación telemática, accesible a través de la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales, en el Portal de Internet del Ministerio de Economía y Hacienda. La presente Orden acomete la...

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