Orden AAA/920/2014, de 23 de mayo, por la que se modifica la Orden AAA/1277/2013, de 27 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector pesquero para el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General de Estado, Unión Europea e instituciones internacionales, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector en el ámbito nacional e internacional.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Junio de 2014
MarginalBOE-A-2014-5890
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Las organizaciones profesionales pesqueras y otras entidades asociativas, representativas del sector, vienen participando en órganos consultivos de la Unión Europea, de instituciones internacionales y de la Administración General del Estado, especialmente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, como interlocutores institucionales del diálogo permanente que se requiere para configurar una política pesquera y una planificación general de la economía en beneficio del interés general.

Las actividades de representación y defensa de los intereses de sus asociados redunda en un fortalecimiento del asociacionismo, que la Administración pesquera se ha marcado como prioridad, y así se establece en las competencias previstas en la vigente Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, y en concreto en su artículo 3 g).

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente sigue precisando, en el desarrollo de sus funciones, de la constante interlocución con el sector pesquero a través de sus representantes, los cuales participan en órganos colegiados y prestan apoyo y asistencia en el diseño de políticas ante la Unión Europea e instituciones internacionales, entre otras actividades.

La Orden AAA/1277/2013, de 27 de junio, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector pesquero para el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General de Estado, Unión Europea e instituciones internacionales, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector en el ámbito nacional e internacional.

Una vez publicada la anterior norma, procede efectuar algunos cambios en la actual regulación al objeto de mejorar su funcionamiento, siendo las principales novedades las actividades encaminadas a la integración de la mujer en el sector pesca, la eliminación de la dotación económica prefijada, la justificación de los gastos y pago de las ayudas previstas y algunas cuestiones puramente de claridad procedimental.

La presente orden, al igual que la citada AAA/1277/2013, de 27 de junio, se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

En la elaboración de la presente orden han sido consultados las comunidades autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados, y han emitido el preceptivo informe la Abogacía del Estado y la Intervención Delegado del Departamento.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo único

Modificación de la Orden AAA/1277/2013, de 27 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades asociativas representativas del sector pesquero para el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante la Administración General de Estado, Unión Europea e instituciones internacionales, así como para la realización de actividades específicas de especial interés para el sector en el ámbito nacional e internacional.

La Orden AAA/1277/2013, de 27 de junio, por la que se establecen las bases...

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