Orden AEC/3247/2010, de 13 de diciembre, por la que se reorganiza el curso sobre la Unión Europea de la Escuela Diplomática.

MarginalBOE-A-2010-19473
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyOrden

El desarrollo ininterrumpido desde 1977 de los Cursos sobre la Unión Europa, de la Escuela Diplomática –«Cursos Ullastres»–, creados mediante Orden Ministerial de 21 de febrero de 1977, ha cumplido plenamente los cometidos para los que fueron creados. A lo largo de todos estos años, han seguido este curso más de cinco mil licenciados universitarios.

No obstante, la propia evolución de la integración europea, los cambios experimentados en la estructura del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, así como la experiencia adquirida en los propios cursos, aconsejan tratar de adaptar su funcionamiento y poner al día el contenido de la Orden Ministerial de 14 de junio de 2004, por la que se reorganiza el Curso sobre la Unión Europea de la Escuela Diplomática.

En consecuencia, tengo a bien disponer lo siguiente:

Artículo 1 Objeto.

El curso sobre la Unión Europea de la Escuela Diplomática, se concibe para contribuir a la formación en los temas relativos a la integración europea de los funcionarios públicos españoles, así como de aquellos universitarios en posesión de un titulo de Grado, Licenciatura, Arquitectura, Ingeniería o equivalente de países miembros de la Unión Europea interesados en completar sus conocimientos en la materia.

Artículo 2 Organización de los cursos.

La organización, la orientación general y la aprobación del programa de estudios del Curso competen a la Junta Directiva, que estará constituida por:

El Secretario de Estado para la Unión Europea (Presidente).

El Director General del Servicio Exterior.

El Director General de Asuntos Generales y de Coordinación de Políticas del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El Embajador Director de la Escuela Diplomática.

La Junta Directiva se reunirá, como mínimo, una vez al año para que se haga efectiva su competencia en cuanto a la organización, orientación general del curso y aprobación del programa de estudios.

Artículo 3 Dirección de los cursos.

La dirección y gerencia de los cursos, así como la elaboración del programa, corresponde al Director de los cursos, que será nombrado por el Secretario de Estado para la Unión Europea, oído el Sr...

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