RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2002, de la Dirección General de Universidades, por la que se modifica la de 16 de enero de 2002, por la que se renuevan las becas de postgrado para la formación de profesorado universitario, de las convocatorias 1996, 1997, 1998, 1999 y 2000.

MarginalBOE-A-2002-6125
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

Advertidos errores de trascripción de datos y por omisión en la Resolución de 16 de enero de 2002 ('Boletín Oficial del Estado' de 5 de febrero) por la que se renuevan becas de postgrado para Información de profesorado universitario, procede la subsanación.

En consecuencia he resuelto:

Primero.

Corregir los errores de trascripción de datos, en el sentido siguiente:

Donde dice: 'Organismo: Universidad de Alcalá, convocatoria 2000, Rodríguez Ten, María Elena'; debe decir: 'Organismo: Universidad Complutense de Madrid, convocatoria 2000, Rodríguez Ten, María Elena,

Donde dice: 'Organismo: Universidad de Salamanca, convocatoria 2000, Muñoz Solla, Ricardo José. Fecha de baja: 31 de diciembre de 2002', debe decir: 'Organismo: Universidad de Salamanca, convocatoria 2000, Muñoz Solla, Ricardo José. Fecha de baja 31 de marzo de 2002,

Segundo.

Renovar las becas del Programa de Formación de Profesorado Universitario, que se relacionan en el anexo, a partir del 1 de enero de 2002 y por período de un año, excepto las de aquellos becarios cuya renovación finalizará en la fecha indicada en dicho anexo.

Tercero.

Los becarios renovados por esta Resolución pasarán a regirse por las normas expresadas en la Resolución de 17 de agosto de 2001 ('Boletín Oficial del Estado' del día 1 de septiembre) .

Cuarto.

Los becarios que deseen extender el seguro médico al cónyuge e hijos, deberán solicitarlo por escrito a la Dirección General de Universidades (Servicio de Formación y Perfeccionamiento, calle Serrano, número 150, 28071 Madrid) , en el término de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, acreditando, mediante certificación expedida por la Seguridad Social, su no inclusión en la misma.

Quinto.

Los becarios cuyas circunstancias personales o familiares hayan cambiado a efectos de la declaración del Impuesto sobre las Personas Físicas, deberán comunicarlo en el modelo aprobado por Resolución de 15 de Diciembre de 2000, del Departamento de Gestión Tributarias de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y disponible en la siguiente página web: www. aeat. es/irpf/res151200. htm

Sexto.

El...

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