Resolución de 19 de diciembre de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se conceden renovaciones de proyectos para la cooperación interuniversitaria con Brasil, al amparo del convenio de cooperación suscrito con el Ministerio de Educación de Brasil.

MarginalBOE-A-2008-471
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

Por Resolución de 26 de abril de 2007 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación se convocaron solicitudes de renovación de proyectos para la cooperación interuniversitaria con Brasil, al amparo del Convenio de Cooperación suscrito con el Ministerio de Educación de Brasil.

Vista la propuesta presentada por la Comisión Mixta de Selección, de conformidad con lo establecido en el punto I.6.2 de la Resolución de 26 de abril de 2007, y en virtud de las atribuciones conferidas en el punto I.7.2 de la citada Resolución, ha resuelto

Primero.-Conceder las ayudas que se relacionan en los anexos II y III, destinadas a la financiación de las ayudas de investigación para doctores y ayudas de movilidad para profesores y doctores con vinculación contractual a los profesores e investigadores de los grupos españoles cuyos proyectos han sido renovados por la Comisión Mixta de Selección y figuran en el Anexo I.

Segundo.-El gasto será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado, con el desglose siguiente:

Ejercicio

2008

Ejercicio

2009

Anexo II Ayudas de traslado emporal para personal Investigador en formación Predoctoral

11.600,00

Anexo III Ayudas de movilidad para profesores y doctores con vinculación contractual

59.825,00

29.525,00

Total

71.425,00

29.525,00

El pago del importe correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos de los Presupuestos Generales del Estado.

Tercero.-Los proyectos no relacionados en el Anexo I han sido desestimados por incumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución de convocatoria.

Cuarto-Los proyectos relacionados en el Anexo IV no han podido ser considerados por la Comisión Mixta de Selección al no haber sido presentada o no cumplir los requisitos exigidos por la convocatoria del programa en Brasil la correspondiente solicitud de la parte brasileña.

Quinto.-La efectividad de la concesión de las ayudas de traslado temporal para personal investigador en formación predoctoral quedan supeditadas al cumplimiento y acreditación del requisito establecido en el apartado A.1.3. b) de la Resolución de convocatoria. El pago de estas ayudas se hará mediante libramiento a las universidades colaboradoras, de conformidad con...

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