Resolución de 24 de enero de 2005, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a los centros de alto rendimiento deportivo, y centros especializados, para el año 2005.

MarginalBOE-A-2005-2788
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 24 de enero de 2005, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a los centros de alto rendimiento deportivo, y centros especializados, para el año 2005.

De acuerdo con lo establecido en el Artí culo 6 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, se considera al deporte de alto nivel, de interés para el Estado; asimismo, corresponde a la Administración General del Estado, en colaboración con las Comunidades Autónomas, procurar los medios necesarios para la preparación técnica y el apoyo científico y médico de los deportistas de alto nivel.

Con el fin de iniciar una política coordinada que permita conseguir los mejores resultados deportivos y de gestión, el Consejo Superior de Deportes (C.S.D.) elaboró la Resolución de 17 de junio de 2002 (B.O.E. de 12 de julio) por la que se clasifican las instalaciones deportivas para el desarrollo del deporte de alto nivel y de competición, a efectos de lo previsto en la Orden de 23 de enero de 1998, del Ministerio de Educación y Cultura.

Es intención del Consejo Superior de Deportes abundar en el propósito de obtener una labor coordinada entre este Organismo, las Federaciones Españolas y todas aquellas Comunidades Autónomas, Entidades Locales o cualquier otra Entidad Pública, que estén llevando a cabo programas de trabajo dirigidos a impulsar a los deportistas a conseguir objetivos de alto nivel.

De acuerdo con la Base Sexta, punto séptimo, de la Orden de 23 de enero de 1998 (B.O.E. de 29 de enero de 1998), reguladora de la concesión de ayudas y subvenciones con cargo a los créditos presupuestarios del Consejo Superior de Deportes, podrán solicitar ayudas 'los Centros de Alto Rendimiento Deportivo y Centros Especializadosde Alto Rendimiento cuya titularidad o gestión corresponda a Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales u otras Entidades Públicas, y que se encuentren clasificados como tales por el Consejo Superior de Deportes'.

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones conferidas por la citada Orden, resuelvo:

Primero.Convocar ayudas o subvenciones económicas a los Centros de Alto Rendimiento Deportivo y a los Centros Especializados de Alto Rendimiento, que hayan sido clasificados por el Consejo Superior de Deportes, en cumplimiento de la ya citada Resolución de 17 de junio de 2002 (B.O.E. de 12 de julio).

Segundo.Uno. Las solicitudes de subvención habrán de ser presentadas por las Comunidades Autónomas para cualquiera de los distintos programas de gestión, o de obras y de suministros.

Dos. Las beneficiarias de las ayudas o subvenciones serán tanto las Comunidades Autónomas que ostenten la titularidad sobre los centros mencionados como aquéllas que no sean titulares de los mismos, éstas últimas previa suscripción de un convenio de colaboración entre dicha Comunidad y la entidad titular de la instalación.

Tercero.La solicitud deberá ir acompañada de:

  1. Un proyecto deportivo que comprenda:

    1) Plan Director del Centro:

    1. Objetivos a corto, medio y largo plazo.

    2. Criterios de selección de los deportistas.

    3. Cuadro Técnico de que dispone el Centro para llevar a cabo el Programa.

    2) Instalaciones deportivas que posee el Centro y necesidades previstas en infraestructuras y/o equipamiento deportivo (a largo plazo).

    3) Concentraciones permanentes y puntuales de deportistas de equipos nacionales y otras actividades de Federaciones Españolas.

    4) Actuaciones previstas para el presente ejercicio, especificando aquéllas...

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