Orden PRE/1473/2009, de 2 de junio, por la que se amplía el plazo de concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con las víctimas de la guerra civil y del franquismo, convocadas por Orden PRE/3536/2008, de 3 de diciembre.

MarginalBOE-A-2009-9466
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

El 5 de diciembre de 2008 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden PRE/3536/2008, de 3 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con las víctimas de la guerra civil y del franquismo para el año 2009, cuyo fin es el otorgamiento de ayudas a los proyectos que atiendan al objetivo de la recuperación de la memoria histórica y a la dignificación de las víctimas de la guerra civil y del franquismo. En su artículo 13, apartado 4, se dispone que el plazo máximo para dictar y notificar la resolución definitiva del procedimiento será de seis meses, que habrán de computarse a partir del día siguiente al de la entrada en vigor de la mencionada Orden.

Debido a la complejidad de la tramitación de este procedimiento y al alto número de solicitudes recibidas, se prevé la imposibilidad de resolver el procedimiento en el plazo citado, por lo que, en aplicación de lo previsto en los artículos 42.6 y 49 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace necesario una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes.

En su virtud, dispongo:

Primero.-El plazo máximo para la resolución de la convocatoria prevista en la Orden PRE/3536/2008, de 3 de diciembre, por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con las víctimas de la guerra civil y del franquismo, se amplía en tres meses...

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