Resolución de 27 de julio de 2011, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de junio de 2011, por el que se reconocen las nuevas afecciones a efectos de expropiación forzosa en relación al Acuerdo de 23 de octubre de 2009, del Consejo de Ministros, por el que se declara la utilidad pública y se aprueba el proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea-subterránea a 220 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación de Montebello desde la línea a 220 kV Jijona-El Cantalar.

MarginalBOE-A-2011-14852
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyResolución

Habiéndose producido el Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de junio de 2011, por el que se reconocen las nuevas afecciones a efectos de expropiación forzosa en relación al Acuerdo de 23 de octubre de 2009 del Consejo de Ministros por el que se declara la utilidad pública y se aprueba el proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea-subterránea a 220 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación de Montebello desde la línea a 220 kV Jijona-El Cantalar, esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Ordenar la publicación del referido Acuerdo de 3 de junio de 2011, cuyo texto literal es el siguiente:

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Alicante, a instancia de Red Eléctrica de España, SA, con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes, n.º 177, solicitando el reconocimiento de nuevas afecciones a efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos incluidos en el ‘‘Anexo de afecciones al proyecto de ejecución de la línea eléctrica 220 KV, doble circuito de entrada y salida en la subestación de Montebello de la Línea a 220 kV Jijona-El Cantalar’’.

Vista la resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de fecha 22 de octubre de 2008 por la que se otorgó autorización administrativa de la instalación eléctrica referida a Red Eléctrica de España, SAU y el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 23 de octubre de 2009 se declara en concreto la utilidad pública y se aprueba el proyecto de ejecución de dicha instalación eléctrica.

Considerando que estas nuevas afecciones no suponen modificación alguna del proyecto de ejecución y con ello del trazado de la línea respecto al expediente tramitado con anterioridad y que obtuvo autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública mediante los actos señalados en el párrafo anterior.

Considerando que estas nuevas afecciones se justifican porque no habiéndose modificado el trazado ni el proyecto de ejecución de la citada instalación se han producido segregaciones en algunas de las parcelas afectadas y porque en el proyecto no se habían incluido todas las ocupaciones temporales necesarias para la ejecución de las obras en la relación de bienes y derechos afectados.

Considerando que puesto que la instalación fue declarada, en concreto, de utilidad pública mediante Acuerdo de Consejo de...

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