Real Decreto 521/1984, de 30 de enero, por el que se rehabilita sin perjuicio de tercero de mejor derecho, el título de Conde de San Javier y Casa Laredo, a favor de doña María del Carmen Redondo y Casado.

MarginalBOE-A-1984-6728
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
7688
1II.
20
marzo
1984
.
Olras
disposidones
BOE.-Núm'.
68
6727
CORTES
GENERALES
ACUERDO
de
7
de
nu:ú'zo
de
1004,
del
Congreso de
lo.
Dlputadol,
por
la que
.s.
convoca
un
concurso
sobre actividad8S escolare, relackmadal
con
Jc¡
Constitución,
e
. A efectos
de
promover'
la
difusión yconocimiento de! sistema
constitucional
entre
los espaAolel que
se
encuentran
en
perto-
do
de
formaci6n escolar,
la
Mesa del Congreso.
de
108
Diputados
ha
acordado
instituir
un
prerilio sobre actividades eacolaJ'el re-
lacionadaa con
·la
Constituci6n yconvocar
un
concurso
de
'mé-
ritos
para
su concesión. La referida convocatoria se regiré.
por
las siguientes
baBear
-".'
.,'..:
".
Pri.mera.-El
objeto
de
la-
convocatoria- es premiar
1&&·
&ct.i-
vidades que se desarrollen dirigidas a101 escalare. ycon
par-
ticipaciÓD
de
loa mismos 1que busquen
la
inforD'l&Ción,
difu-
-
.ión
yconocimiento de,
las
caracteristieu
yvalorel del sistema
constitucional español.
tanto
referidos
al-
conjunto como a
par·
ticulares instituciones·oasPeCtos del mismo.
Segunda.-Podrtm
participar
todos los centros escolares,
pú-
blicoS' yprivados,
de
Educación General Básica, Enseftanza M
....
dia
yEducación Especial, establecidas
en
Espafta oque, radi-
cando
fuera
del territorio nacional, sigan los planes oficiales
esPañoles
de
enseñanza.
Terce",,-Habrá
un
primer premio de
un
millón de pesetas,
un
segundo premio de setecientas cincuenta
mn
J
un
tercero
de quinientas
mil.
Todos
&llos deberán destinarse necesariamente
por
los centros escolares que
puedan
resultar
beneficiariOS a
inversiones
de
caré.cter permanente, salvo autorización expresa
del Congreso
para
otros objetivos.
Cuarta.-Los
centros que deseen participar deberán presen-
tar
instancia
firmada
por
su
Director
'1
dirigida
al
Presidente
del Congreso de los Diputados,
en
la que se
hagan
constar los
siguientes extremOSl
Nombre ydomicilio del centro. ,
Tipo,
nivelo
niveles
de
educación que se imparte.
Número
de
alumnos inscritos
en
el mismo.
Mención
de
la
obra
u
obras
de
carActer permanente ode!
proyecto
cuya
autorización se solicita,
en
que el centro se com-
promete formalmente ainvertir el importe del premio, caso
de
resultar
beneficiario del mismo,
A
¡.,tnstancia
mencionada deberé. acampaflarae la siguiente
documentaci6n~
1. Memoria detallada de no más de cincuenta. folioa sobre
las actividades organizadas yefectivamente real1zadae
en
el
curso 1983M1984, destinadas apromover el conocimiento del
sil·
tema
constitucional
espa:O.ol
entre
sus alumnos. DeberAn men-
cionarse todas y
cada
una
de
las actividades realizadas. expli-
cando
la
razón
de
su
selecci6n.
SU
correlación con
otras
acti-
vidades y
asignaturas
y
su
adecuación acada uno
de
los nive4
les educativos
en
qUe
se apliquen, Asimismo deberé. recogerse
el número
de
alumnos que
han
participado en estas actividades,
la
duración yfrecuencia
de
las
mismas ycuantos elementos.
permitan valorar
su
alcance.
a.
Resumen en no
mAs
de
cinco folios de dich,as actividades.
3.
Descr1pci(>n
detallada
de la obra. obras
o'
matenal
culM
tur&l odocente que pretende
adquirir
con el premio en caso
de
de.
resultar
beneficiario del mismo.
Qídnta.-El
plazo
para
la
presentaci6n de
ia
instancia J
la
documentación aque
se
refiere
la
base
anterior
comenzará el
día
1de septiembre
"1
'concluirá
ella
de
octubre, ambos
de
1984.
Sext&.-EI
Jurado
que
deberá resolver el concurso
estar'
integrado
por
el Presidente del Congreso
de
los Diputados,
que
lo
presidirá, por dos miembros
de
la
Mesa de .Cámara,
por
el
Secretario
general
y
por
cuatro
miembros designados
por
aqué-
lla
entre
personalidades
de
reconocido prestigio en el ámbito de
la educación y
la
cultura. Actuaré. como Secreta.rio. con voz
pero.
sin
voto,
un
funcionario
de
las Cortes
G~nerales
designa--.
do
por
el Secretario general. . .,
Séptima.-El
Jurado
se
reunirá
una
·vez.
terminado el plazo
previsto en
la
base quInta y
efectuar'
una
selección previa
entre
los concursantes.
Octava.-El
Jurado
podrá
requerir
alos seleccionados
en
esta
tase previa
para
que
aporten
las informaciones yaclaraciones
necesarias, as! como los documentos ypruebas que demuestren
la
veracidad de los datos alegados.
Los
que no lo hicieran
en
el plazo
que
se
les'
sedale
serán
descalificados
sin
más
por
el
Jurado.
Novena.-EI
Jurado
adoptará
SUB decisiones por
mayorla
de
votos.
no
pudiendo
celebrar
válidamente
sus
reuniones
sin
la
asistencia
de
al
menos
cuatro
de
IUS
miembrOl.
Décima.-El
Jurado
resolveJ"f. el concurso antes del
dla
1
de
diciembre
de
1984
y
elevad
propuesta a
la
Mesa del Congreso
de
los
Diputados
para
la
adJudicación
de
los premios convoc
....
dos En todo caso, el
Jurado.
se
reserva
la
facultad de
declarar
desiertos todos o .alguno de
108
premios.
Undécima.-En
el momento de la recepción de los premios
los responsables
de
los centros béneflclarios firmarán un docu-
mento comprometiéndose ainvertir.
su
Importe
eD
la
obra
u
obras
que
hubiesen consignado
al
partlclpar- en el concurso.
El
Congreso
de
los Diputados podrA disponer las medidas precisas
para·
comprobar
la
ejecud6n
de
las
mism&s.
En
el
supuesto de
que
no
se ejecuten las obra_ o
se
adquiera
el
material docente
o
cultural
de referencia, el importe del premio se devolverA
al
Congreso de los Diputados, "
Doudécima.-EI
Jurado
podrá
notifica
ra
los concursantes que
no hubiesen obtenido el premio
para
que retiren la' documen-
tación y
otro
material
que
hayan
podido presentar.
Si
éstos DO
lo hicieren
en
el plazo de un mes el Congreso
de
los Diputados
podré. dispone rlibremente de los mIsm08.
Palado
del Congreso de los Diputados, 7de marzo de
1984.-
El
Presidente del Congreso de los Diputados, Gregario Peces-
Barba Martínez.
MINISTERIO
DE
JUSTICIA
6728
REAL
DECRETO 521/1984.
de
30
d6 enero, por
el
que
se rehabtlita sin perjuicio de tercero de me;or
derecho,
el
título
de
Conde
de
San Javier vCasa
Laredo, a
fa'Vor
de
dotta Maria
de!
Carmen
Re
tondo'
yCasado.
De conformidad con lo prevenido
en
la
Ley de 4
de
mayo
de
1948 yReal Decreto de 21
de
marzo
de
1980,
de
acuerdo con
la.
Diputación Permanente de
la
Grandeza de Espafla y
18
Co-
misión Permanente del Consejo
de
Estado,
Vengo
en
rehabilitar,
sin
perjuicio
de
tercero de mejor
d&-
recho. afavor
de
do1ia
Maria
del
Carmen
Redondo yCasado.
para
.i,
BUS hifo. ysucesores, el titulo
de
Conde
de
San
Javter
., Casa Laredo. previo pago del impuesto especial correspon-
diente ydemás requisitos complementarlos.
Dado
en
Madrid a30
de
enero de 1984. .
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia
FERNANDO LEDE5MA BARTRET
MINISTERIO
DE
DEFENSA
6729
REAL
DECRETO 5WlfJ&4. do
21
de
lebrero.
por
oJ
que
se concede la Gra·n Crw:
de
San HermenegUdo
clt
General
da
Brigada
de
Infantena,
Diplomado
d.
Rifado
Ma.,or,
don-
Jos'
Luts, Carrasco
Lamo..
En
co~sideraci6u'
~
'lo
solicitado·
po~:
el General de Brigada
de
Infantería, Diplomado,
de
Estado Mayor,
grupo
.Mando
de
A.r-
mas-. don José Luis
CarT&sco
.Lanzos, y
de
conformidad con
·10
propuesto por
la
Asamblea de
laBeal
yMilitar Orden
de
san
Hermeneglldo,.
.:-
.....
.;.
.Vengo
en
concederle
1&
Gran
Cruz
de
la,
reterida
Orden· con
la
antigüedad
del
día
22
de octubre de
1983,
fecha
en
quecum.
pli6 las condiciones reglamentarias.
Dado en Madrid a
21
de febrero de'19M
..
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Defensa
NARCIS.o SERRA SERRA

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