Real Decreto 652/1983, de 8 de marzo, por el que se rehabilita, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, el título de Conde de Carrión de Calatrava a favor de doña Ascensión Veloso y Mendaro.

MarginalBOE-A-1983-9085
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
9040 29 marzo 1983
BOE.~Núm.
75
.El
Mlnistro
de
Justicia.
FERNANDO
LEDESMA BARTRET
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDESMA BARTRET
Visto
el exptldiente
de
Indulto
de
José
Giménez
Moreno,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Cuenca
en
sentencia.
de
5
de
julio
de
1978, como
autor
de
un
delito
de
robo, a
la
pena
de
doce aftos y
un
dia
de
reclusión
menol'1
como
autor
de
cuatro
delitos
de
robo, a
cuatro·
penaa
de
seis
atioe y
un
dia
de
presidio
mayor;
como
autor
de
un
delito
de
asociación
para
cometer
el
delito
de
robo.
·a
la
pena
de
seis
aftas y
un
dia
de
prisión
mayor;·
como
autor
de
dos
delitos
de
robo.
a
dos
penas
de
siete
meses
de
presidio
menor,
y
como
autor
de
un
delito
de
hurto,
a
la
pena
de
siete
meses
de
presidio
menor,
con
la
limitación
legal
para
su
cumpl1m1ento
de
la
regla
2.-
del
articulo
70
del
Código
Penal.
y
teniendo
en
cuenta
las
circuns*
tancias
que
concurren
en
los
hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
1870.
reguladora
de
1&
gracia
de
indulto,
yel
Decreto
de
22
de
abril
de
1938.
Oido
el
Ministerio
Fiscal
y
de
acuerdo
con
el
parecer
del
Tribunal
sentenciador.
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del-
Consejo
de
Ministros
en
8U
reunión
del
dia
19
de
enero
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
José
Giménez
Moreno,
conmutando
las
expresadas
penas
privativas
de
libertad
por
una
única
de
diez
años
de
presidio
mayor.
Dado
en
Madrid
a19
de
enero
de
1983
JUAN
CARLOS
R.
9079
REAL
DECRETO
848/1983.
de
19
de
enero, por
el
que
Be
indulta
parctalmen"
a
Manuel
Rodrtguez
Ferta. -
Visto el expediente
de
indulto
de
Manuel
Rodríguez
Ferta,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Huelva
~D.
sentencia
de
16
de
diciembre
de
1978,
como
autor
de
la
deUtos
de
robo
de
USO,
a
10
penas
de
10.000
pesetas
de
multa
y
privación
del
par--
miso
de
conducir
durante
seis
meses¡
de
tres
delitos
de
8u8ti-
tución
de
placas
de
matI1cula,
a
tres
penas
de
tres .meses
de
arresto
mayor
y10.000
pesetas
de
multa~
como
autor
de
UD
delito
de
robo, a
la
pena
de
ua.tro meses y
un
die.
de
arresto
mayor;
de
otro
delito
de
robo
con
tuerza
en
las
cosas, a
la
pena
de
cuatro
meses
y
un
día
de
arresto
mayor;
de
otro
delito
de
robo
con
tuerza
en
las
cosas,
a
la
pena
de
cinco
años
y
cinco
meses
de
presidio
meDor;
por
otro
deUto
de
burto.
a
la
pena
de
10.000
pesetas
de
multa,
y,
por
último,
por
dos
delitos
de
robo
con
fuerza
en
las
cosas, a
dos
penas
de
seis
meses
de
arresto.
mayor,
y
tenIendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos
i
Vistos
la
Ley
de
18
de
lunio
de
18iO,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
yel
Decreto
de
22
de
abril
de
1938:
Oido
el
Ministerio
Fiscal
y
de
acuerdo
con
el
parecer
del
Trrtlunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
19
de
enero
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Manuel
Rodríguez
Feria
de
la
mitad
de
cada
una
de
las
penas
de
arresto
mayor
impuestas
en
la
referida
sentencia.
Dado
en
Madrid
a19
ds
enero
ds
1983
JUAN
CARLOS R.
JUAN
CARLOS R.
9083
REAL
DECRETO
65011983,
d.
19
d.
enero,
por
el.
QUEl
18
indulta
par.cialmente aJosé
Bravo
Luna.
Jua,n FrJfardo
Salguero
yLorenzo
Faja~
Amaya.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
José
Bravo
Luna.
Juan
Fajardo
Salguero
J
Lorenzo
Fajardo
Amay.a. condena.dos
por
la
Audiencia
Provincial
de
Gerona,
en
sentencie.
de
30
de
oc::tu-
bre
de
1981,
como
autores
de
un
delito
de
robo,
a
1&'8
penas
de
cuatro
aí'los,
dos
meses
y
un
dia
de
presidio
menor,
para
los
dos
primeros.
y
do.
ailos
de
presidio
menor.
para
el
tercero,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
los
he.
Chos; . '
Vistos
la
Ley
de
18·
de
lunio
de
1870,
reguladora
d.P
1&
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
da
22
de
abril
de
1938:
Oido
el
Ministerio
Fiscal
y
de
acuerdo
con
el
parecer
del
Tribunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
'1
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
19
de
enero
de
1983,
Venlo
.en
indultar
a
José
Bravo
Luna
'1
Lorenzo
Fajardo
Amaye"
de
ún
ailo
de
la
pena
privativa
de
libertad
impuesta
y
de
seis
meses
a
Juan
Fajardo
Salguero.
Dado
en
Madrid
a19
de
enero
de
1983.
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDESMA BARTRET
9084
REAL
DECRETO 651/1983,
ds
8
de
marzo,
por
el
QUfJ
se
rehabilita.
sin
perjuicio
de
tercero
de
mejor
derecho.
el
título
tU
Conde de Soto
Ameno
a
la-
vor
de
don
Manuel
Bermell
Vergadd.
De
conformidad
con
lo
prevenido,
en
la
Ley
de
-4
de
mayo
de
1948 y
Real
Decreto
de,
21
de
marzo
de
1980,
de
acuerdo
con
la
Diputación
Permanente
de
la.
Grandeza
de
Espafta
y
la
Comisión
Permanente
del
Consejo
de
Estado.
Ven.-o
en
rehabilitar,
sin
perjuicio
de
tercero
de.
melar
de-
recho,
a
favor
de
don
Manuel
Bermell
,Vergadá,
para
si,
sus
hijos
y
sucesores,
el
titulo
de
Conde
de
Soto
Ameno.
previo
pago
del
impuesto
especial
correspondiente
y
demb
requisitos
complementarios.
.
Dado
en
Madrid
a 8
de
marzo
de
1983.
JUAN
CARLOS R.
El
MInistro
de
Justicia.
FERNANDO,LEDESMA
BARTRE,!,
JUAN
CARLOS
R.
9082
REAL
DECRETO tu¡/1983:
de
1G
de enero,
por
.1
QU.
B8
indulta
parcialmente
a.
Jo,é
Miguel
Carto-
gene
Menargun.
.
Visto el
expediente
de
indultO
de
José
Miguel
Canalena
Menargues,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Alicante
en
sentencias
de
2
de
mayo
de
1978, como
autor
de
un
deUto
de
robo,
a
la
pena
de
seis
años
y
un
dia
de·
presidio
menor,
y
de
6
de
mayo
de
1978,
como
autor
de. un
delito
de
robo.
a
la
pena
de
seis
ailos
de
presidio
mayor.
J
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
juniO
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indl.:l1to,
Jel
Decreto
de
22
de
abril
de
1938¡
Oído
el
Ministerio
Fiscal y
de
acuerdo
coa
el
parecer
del
Tribunal·
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
J
previa
deliberación
del
ConseJo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
19
de
enero
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
José
Miguel
Cartagena
?o4enargues,
con~
mutando
las
expresadas
penas
privativas
de
libertad
impuestas
por
ta.s
de
dos
aftas
de
presidio
menor.
Dada
en
Madrid
a19
de
enero
de
1983
REAL
DECRETO 847/1983,
de
19
de
enero,
por
el
QUS
se Lndulta
parcialmente
aJosé Gim6lnez
Mo*
reno.
9080
9081
9085
REAL
DECRETO 848/1983, de 19 de enero.
por
el
QUfJ
8S
indulta
parcialmente
aFrancisco
Aranda
Ga
rr
t4o.
Visto el
expediente
de
Indulto
de
Francisco
Aranda
Garrido.
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
OViedo
en
seotencia
de
5
de
Cebrero
de
1979,
como
autor
de
UIl
delito
de
homicidio.
a
la
pena
de
dieciséis
ados
de·
reclusión
menor,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
qUli ·,concurren
en
los,
hechos:
Vistos
la
Ley
de
18
de
junto
de
187Q,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto.
yel
Decreto
c'e
22
de
abril
de
1938;
.
Oído
el
Ministerio·
Fiscal
Y
de
acuerdo
con
el
parecer
del
Tribunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
fTevia
deliberación
del
C~seJo
de
Ministros
en
IJU
reunión
de
día
19
de
enero
de
1983, .
Vengo
en
indultar
á
Francisco
Aranda
Garrido,
conmutan·
do
la
expresada
pena
privativa,
de
libertad
por
la
de
doce aftoa
y
un
día
de
igual
reclusión.
Dado
en
Madrid
a18
de
enero
de
1983
JUAN
CARL9S R.
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET
El
MJnistro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET
REAL
DECjlETO
65211983.
de
8
de
marzo,
por
el
que
86
rehabilita.
nn
perjuicio
de
tercera
de
mejor
dsrecho,
sl
titulo
de
Conde
de
Carr"ión'- de
Cala-
trcr.vB
a
lavar
de
dono
Ascensión
Veloso y
Merr
ooro.
De
conformidad
con
lo
prevenIdo
en
la
Ley
de
-4
d-e
mayo
de
19-48
y
Real
Decreto
de
21
de
marzo
de
1980.
de
acuerdo
con
la
Diputación
Permanente
de
la
Grandeza
de
Espalla
y
la
ea.
misión
Permanente
del
Consejo
de
Estado,
.
Vengo
en
rehabUltar,
sin
perJuido
de
tercero
de
mejor
de-
recho.
a
favor
de
dolla
Ascensión
Veloso y
Mendara,
para
si.
SUB hi10s y
sucesores.
el.Utulo
de'
Conde
de
Carr1ón
de
Calatra-
va,
previo
pago
del
impuesto
especial
correspondiente
y
demu
r-equisltoa
complementarios.
Dado
en
Madrid
a 8
de
marzo
de
1883.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Just1c1a,
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET

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