Orden MAM/872/2005, de 1 de abril, por la que se regulan y convocan los Premios Nacionales de Medio Ambiente, correspondientes al año 2005.

MarginalBOE-A-2005-5647
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/872/2005, de 1 de abril, por la que se regulan y convocan los Premios Nacionales de Medio Ambiente, correspondientes al año 2005.

El Ministerio de Medio Ambiente tiene entre sus objetivos la promoción de los estudios y trabajos relacionados con el medio ambiente, así como favorecer entre los ciudadanos y las instituciones la adopción de conductas y la práctica de actuaciones que favorezcan la protección de la biodiversidad y un desarrollo sostenible.

A tal fin se orientan tambiénlas actuaciones de personas físicas o jurídicas que, por sus aportaciones creadoras, científicas o de difusión y defensa de los valores ambientales, promueven actitudes y actividades ambientalmente positivas.

Para otorgar reconocimiento público a las personas e instituciones cuyos trabajos y actividades son dignas de ser estimadas, se ha configurado uno de los instrumentos, que se ha mostrado adecuado para la consecución de los fines antes descritos, como ha sido la convocatoria anual de los Premios Nacionales de Medio Ambiente.

Procede ahora, por tanto, regular y convocar los Premios Nacionales de Medio Ambiente para el año 2005.

En su virtud, a tenor de lo dispuesto en el artículo 4 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, dispongo:

Primero. Premios Nacionales de Medio AmbienteCon el carácter de Premios Nacionales de Medio Ambiente 2005 se convocan los siguientes premios y se aprueban las normas que regulan su concesión:

  1. Premio Nacional 'Lucas Mallada de Economía y Medio Ambiente': será concedido a aquella persona física o jurídica de cualquier naturaleza o clase, cuya labor creadora, de investigación o de difusión haya representado una contribución importante para el estudio y caracterización de los vínculos que unen a la Economía con el medio ambiente en España.

  2. Premio Nacional de 'Conservación de la Naturaleza': será concedido a aquella persona física o jurídica de cualquier naturaleza o clase, cuya labor creadora, de investigación o de difusión haya representado una contribución importante para la conservación de la fauna o flora de España.

  3. Premio Nacional de 'Periodismo Ambiental': será concedido a aquella persona física o jurídica de cualquier naturaleza o clase que, en cualquier medio decomunicación, haya realizado una labor periodística relevante en la divulgación del conocimiento y en la defensa de los valores ambientales de España.

    El mero cumplimiento de la legislación ambiental en vigor no constituirá mérito a los efectos de valorar la...

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