Orden DEF/1159/2010, de 3 de mayo, por la que se regula la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Defensa.

MarginalBOE-A-2010-7251
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1126/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, contempla una serie de modificaciones relevantes en la distribución de competencias en materia de sistemas, tecnologías de la Información y telecomunicaciones en el Departamento. En concreto, el artículo 3.1.e) del citado real decreto atribuye a la Secretaría de Estado de Defensa la dirección y coordinación de la planificación, obtención y gestión de los sistemas de información y telecomunicaciones, así como la política de seguridad de la información.

Además, el artículo 6.1 del Real Decreto 1126/2008, de 4 de julio, asigna a la Dirección General de Infraestructura, dependiente de la Secretaría de Estado de Defensa, la responsabilidad en la preparación, planeamiento y desarrollo de las políticas de los sistemas, tecnologías y seguridad de la información del Departamento.

Por último, el artículo 6.5.c) de dicho real decreto atribuye a la Inspección General del Plan Director de Sistemas de Información y Telecomunicaciones las funciones relativas a la definición de las políticas y estrategias corporativas en el ámbito de la Administración electrónica, las tecnologías de la información, telecomunicaciones y seguridad de la información del Ministerio de Defensa.

Estos cambios hacen necesario derogar la Orden DEF/54/2008, de 16 de enero, por la que se constituye la Comisión Ministerial de la Administración Electrónica en el Ministerio de Defensa.

De este modo se cumple con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración electrónica, modificado por el Real Decreto 305/2010, de 15 de marzo, en cuanto a la creación de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica como órganos colegiados para la coordinación interna en cada departamento en materia de tecnologías de la información y de Administración electrónica, adaptándolo a la actual estructura orgánica del Ministerio.

En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de la Presidencia, dispongo:

Artículo 1 Naturaleza y finalidad.
  1. La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Defensa (CMAE) es el órgano colegiado encargado de la coordinación interna y del seguimiento de la ejecución de la política del Departamento en materia de tecnologías de la información, telecomunicaciones y de Administración electrónica, así como órgano de enlace y colaboración con el Consejo Superior de Administración Electrónica y sus Comisiones Especializadas.

  2. La CMAE está adscrita a la Secretaría de Estado de Defensa.

  3. La actuación de la CMAE tendrá como líneas básicas de referencia:

  1. La política del Gobierno en materia de las tecnologías de la información junto con las líneas estratégicas derivadas de la misma.

  2. Las directrices generales establecidas e instrucciones dictadas por el Consejo Superior de Administración Electrónica (CSAE).

  3. El Plan Director de Sistemas de Información y Telecomunicaciones del Ministerio de Defensa (PDCIS).

Artículo 2 Ámbito competencial.
  1. La responsabilidad de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica comprende todas aquellas iniciativas y actuaciones que, en el marco de la Administración electrónica y los Sistemas de Información y Telecomunicaciones de «propósito general», se desarrollen en el Ministerio de Defensa, asegurando la homogeneidad de soluciones tecnológicas en este ámbito, además de su coherencia y eficiente integración con la Política de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones del Departamento establecida en el PDCIS.

  2. A estos efectos, no forman parte del ámbito competencial de esta comisión:

  1. Los Sistemas de Información para el «mando y control».

  2. Los Sistemas de Información de «propósito general» que afecten a situaciones de crisis y seguridad del Estado así como los declarados «secreto» o «reservado».

  3. El Sistema de Telecomunicaciones Militares y la Red de Área Extensa para Mando y Control Militar.

Artículo 3 Funciones generales.

La CMAE ejercerá las siguientes funciones:

  1. Con carácter general, una función de enlace y colaboración con el CSAE.

  2. Elaborar y realizar el seguimiento del Plan Estratégico de Administración Electrónica, que recogerá de forma concreta los servicios del Departamento especialmente dirigidos a ciudadanos y empresas, su planificación temporal, los recursos humanos y financieros necesarios para su implementación y los contratos que se deben realizar, así como los procedimientos que los articulan y el impacto sistémico de los mismos. Además, este plan establecerá la prioridad en la planificación y programación de la obtención de recursos de Sistemas de Información y Telecomunicaciones (CIS) de «propósito general» en el Ministerio de Defensa recogida en el PDCIS. Tras comprobar su coherencia con las directrices y líneas estratégicas del CSAE se elevará, a través del presidente de la Comisión, para ser informado a su vez por el Pleno de dicho Consejo. La duración del citado plan no será inferior a dos años.

  3. Remitir al CSAE la parte del Plan Director de Sistemas de Información y Telecomunicaciones del Departamento concerniente a las telecomunicaciones relacionadas con la Administración electrónica para el refrendo de su adecuación a lo señalado en la disposición adicional segunda del Real Decreto 541/2001, de 18 de mayo, por el que se establecen determinadas especialidades para la contratación de servicios de telecomunicación, y en cumplimiento del artículo 13 del citado real decreto.

  4. Elevar, a través de su presidente, para informe del Pleno del CSAE aquellos anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones generales que, siéndole sometidos por los órganos proponentes, tengan por objeto la regulación de recursos, proyectos y sistemas de tecnologías de la información y telecomunicaciones de aplicación común en la Administración General del Estado, o que estén directamente relacionados con el desarrollo de las líneas estratégicas en esta materia y con la implantación de servicios públicos telemáticos.

  5. Emitir informe preceptivo sobre los proyectos de disposiciones de carácter general, instrucciones y circulares del Departamento, así como de los proyectos de convenios de colaboración y encomiendas de gestión concernientes a las tecnologías de la información y las telecomunicaciones que afecten al ámbito competencial de la Comisión.

  6. Efectuar el seguimiento en el Departamento del cumplimiento de las directrices y de las pautas de actuación acordadas por el Pleno del CSAE.

  7. Emitir los informes...

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