Orden CIN/35/2009, de 15 de enero, por la que se regula la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Fecha de Entrada en Vigor24 de Enero de 2009
MarginalBOE-A-2009-1112
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 589/2005, de 20 de mayo, por el que se reestructuran los órganos colegiados responsables de la Administración Electrónica, determina en su artículo 8 la regulación de las Comisiones Ministeriales de Administración Electrónica.

Por otra parte, la entrada en vigor de los Reales Decretos 432/2008, de 12 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y 1183/2008, de 11 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, articulan la creación y estructura de dicho departamento.

Como Ministerio de nueva creación se hace necesaria la gestación y regulación de los órganos colegiados correspondientes, en particular la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del departamento.

En su virtud, con la previa aprobación de la Ministra de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1 Creación y adscripción.

Se crea la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación, que se configura como el órgano colegiado para la coordinación interna de la política del Departamento en materia de Tecnologías de la Información y Administración Electrónica, así como órgano de enlace y colaboración con el Consejo Superior de Administración Electrónica y sus Comisiones Especializadas.

La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación se adscribe a la Subsecretaría Departamento.

Artículo 2 Fines.

La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación es responsable de la elaboración de la política del Departamento en materia de Tecnologías de la Información y Administración Electrónica, de acuerdo con las instrucciones y directrices del Consejo Superior de Administración Electrónica.

Artículo 3 Composición.
  1. La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación actúa en Pleno y en Comisión Permanente.

  2. El Pleno tendrá la siguiente composición:

    1. Presidencia: El titular de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación

    2. Vicepresidencia: El titular de la Secretaría General Técnica.

    3. Vocales:

      1. Un Vocal representante de cada uno de los siguientes órganos: Secretaría de Estado de Universidades, Secretaría de Estado de Investigación y Subsecretaría de Ciencia e Innovación.

      2. Un Vocal representante de cada una de las Agencias y demás Organismos públicos adscritos al Ministerio de Ciencia e Innovación.

      3. Dos vocales designados por el Presidente entre los Directores Generales del Departamento.

    4. Secretaría: El titular de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, que tendrá voz y voto. En su ausencia, ejercerá sus funciones el Vocal que designe la Comisión Permanente.

      Los Vocales deberán tener categoría mínima de Director General, Presidente o Director de los Organismos públicos y podrán delegar en un suplente, que deberá tener categoría mínima de Subdirector General o asimilado.

      Previa autorización del Pleno de la Comisión, podrán acudir a las sesiones de éste el personal de órganos y organismos representados en la Comisión que se estime necesario por el asunto a tratar, que participarán como asesores, con voz pero sin voto.

  3. La Comisión Permanente tendrá la siguiente composición:

    1. Presidencia: El titular de la Secretaría General Técnica.

    2. Vicepresidencia: El titular de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

    3. Vocales:

      1. Un vocal representante de cada uno de los siguientes órganos: Subsecretaría de Ciencia e Innovación, Dirección General de Planificación y Coordinación, Dirección General de Cooperación Internacional, Dirección General de Universidades, Dirección General de Programas y Transferencia del Conocimiento y Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria.

      2. Un Vocal representante de cada uno de los Organismos públicos adscritos al Ministerio de Ciencia e Innovación.

    4. Secretaría: un funcionario de la...

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