Real Decreto 2632/1985, de 27 de Diciembre, por el que se regula la Estructura interna y las Relaciones del Centro superior de Informacion de la defensa.
Marginal | BOE-A-1986-1479 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Juntas Electorales Provinciales |
Rango de Ley | Real Decreto |
El Real Decreto 135/1984, de 25 de enero, por el que se reestructura El Ministerio de Defensa, seÒala que el Centro Superior de Informacion de la Defensa es el Organo de informacion del Presidente del Gobierno para el ejercicio de sus funciones de Direccion de la Politica de Defensa y de coordinacion de la accion del Gobierno en la defensa del estado, y del Ministro de Defensa, en el ejercicio de las funciones que le corresponden en materia de Politica de Defensa y politica militar. En ese mismo Real Decreto se refrendan las misiones y competencias de dicho Organo de informacion, que habian sido ya establecidas en la orden 135/1982, de 30 de septiembre que, sin embargo, no contiene ninguna referencia explicita a la estructura del centro, que ha de venir determinada, precisamente, por las funciones que ha de desarrollar. Por ello, y con la finalidad de completar su normativa, parece conveniente proceder a regular adecuadamente su estructura.
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Defensa y a propuesta del Ministro de la Presidencia y previa deliberacion del Consejo de Ministros en su reunion del dia 27 de diciembre de 1985 dispongo:
Division de inteligencia exterior.
Division de contrainteligencia.
Division de inteligencia interior.
Division de economia y tecnologia.
Subdireccion General de Administracion y Servicios.
Subdireccion General de Personal.
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El Director General del Centro Superior de Informacion de la Defensa contara con un Gabinete Tecnico y una Asesoria Juridica como Organos de apoyo inmediato.
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Tambien dependeran directamente del Director General:
La jefatura de apoyo operativo.
El servicio de seguridad.
Asegurar la ejecucion de las misiones encomendadas al centro.
Proporcionar al Presidente del Gobierno y al Ministro de Defensa el resultado de las tareas informativas que corresponden al centro y, con su autorizacion, hacerlo a otros Organos del estado.
Mantener una colaboracion permanente y reciproca con los Organos de informacion de los Estados Mayores de la defensa y de los Ejercitos, con los correspondientes de los Ministerios de Asuntos Exteriores y del interior y con el resto de los Departamentos Ministeriales, asi como con los demas organismos publicos o privados que sean utiles a los fines de lograr la informacion necesaria a los intereses nacionales.
Mantener los canales de relacion necesarios para el desarrollo de las actividades especificas del centro, mediante el contacto con otros servicios de informacion extranjeros.
Tal informacion abarcara los campos politico, economico y militar.
Corresponde a la division de economia y tecnologia obtener, evaluar y difundir la informacion necesaria para prevenir cualquier peligro, amenaza o agresion exterior contra la industria y el comercio espaÒol de Armamento y Material de guerra y para asegurar los intereses nacionales en los campos de la economia y la tecnologia de interes especifico para la defensa, asi como velar por la seguridad de la informacion, tecnologia, procedimientos, objetivos e instalaciones de interes para la defensa, tanto propios como de los paises aliados de EspaÒa.
Auxiliar al Director General en la Administracion Economica del centro.
Facilitar a los demas Organos del centro los medios economicos y materiales para el cumplimiento de sus misiones.
Ejecutar los expedientes de contratacion de obras, servicios y suministros que se incluyan en el Ambito de las facultades desconcentradas que corresponden al Director General.
Gestion administrativa.
Proceso de profesionalizacion.
Seleccion,orientacion y formacion.
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La Asesoria Juridica prestara asistencia, asesoramiento y apoyo tecnico-juridico en cuantos asuntos le sean encomendados.
Realizar aquellas actividades que requieran medios, procedimientos o tecnicas especiales y que esten previa y debidamente autorizadas.
Facilitar la infraestructura y el apoyo necesarios a aquellas actividades del centro que precisen el empleo de personas, instalaciones y medios extraordinarios.
Establecer y explotar los medios de comunicacion del centro asi como Planificar y dirigir la adquisicion de informacion por procedimientos y medios tecnicos.
Criptoanalizar y descriptar por procedimientos manuales, medios electronicos y criptofonia, asi como realizar investigaciones tecnologico-criptograficas y formar al personal especializado en criptologia.
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Corresponde al servicio de seguridad proporcionar los adecuados niveles de seguridad a las personas, instalaciones y medios del centro.
El Centro Superior de Informacion de la Defensa, por medio de su Director General, mantendra una colaboracion permanente, reciproca y coordinada con los Organos de informacion de los Estados Mayores de la defensa y de los Ejercitos, a cuyo efecto difundira periodica y regularmente la informacion que sea conveniente para el mejor cumplimiento de las misiones que estos tienen encomendadas y atendera las solicitudes de informacion que los Estados Mayores no puedan cubrir con sus propios medios.
Dado en Madrid a 27 de diciembre de 1985.
Juan Carlos R.
El Ministro de la Presidencia,Javier moscoso del prado y MuÒoz