Orden de 12 de junio de 1987 por la que se regula la composición y funciones de la junta superior de Museos.

MarginalBOE-A-1987-14348
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

Ilustrísimos señores: La Orden de 7 de julio de 1979 («Boletín Oficial del Estado» del 16) regula la composición y funcionamiento de la Junta Superior de Museos como órgano consultivo de la entonces Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos, y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 28), configura este órgano colegiado como institución consultiva de la Administración del Estado a los efectos prevenidos en la Ley del Patrimonio Histórico Español.

De otra parte, el Reglamento de los Museos de titularidad estatal y del sistema español de museos, aprobado por Real Decreto 620/1987, de 10 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 13 de mayo), prevé el asesoramiento de esta Junta en determinadas cuestiones relacionadas con las colecciones estatales y el Sistema Español de Museos.

Los cambios producidos en la política museística y en la administración de los Museos estatales exigen modificar la Junta Superior de Museos para adecuar su composición a la situación actual, haciendo uso de la autorización expresa a que se refiere la disposición final primera del mencionado Real Decreto 111/1986.

En su virtud, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, he tenido a bien disponer:

Primero.

La Junta Superior de Museos es una institución consultiva de la Administración del Estado a los efectos del artículo 3.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, adscrita a la Dirección General de Bellas Artes y Archivos.

Segundo.

  1. La Junta estará integrada por:

    Presidente: El Director general de Bellas Artes y Archivos.

    Vocales natos:

    El Director del Instituto de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

    El Director de Museos Estatales.

    El Director del Centro Nacional de Exposiciones.

    El Presidente de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español.

    Vocales designados por el Ministro de Cultura:

    1. Siete Directores de Museos de titularidad estatal, propuestos por el Director general de Bellas Artes y Archivos.

    2. Cinco Directores de Museos de titularidad estatal gestionados por las Comunidades Autónomas, propuestos por el Consejo del Patrimonio Histórico, de entre los presentados por sus miembros.

    3. Hasta diez Directores de los Museos incorporados al Sistema Español de Museos mediante Convenio, propuestos por el Director General de Bellas Artes y Archivos.

  2. Los...

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