Resolución de 1 de junio de 2010, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba el cambio de unidad de contratación en las Reglas de funcionamiento del mercado diario e intradiario de producción de energía eléctrica y en el procedimiento de operación P.O.-9 pasando a ser EUR/MWh.
Marginal | BOE-A-2010-9103 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Resolución |
El artículo 3.1.k) de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, establece, entre las competencias que corresponden a la Administración General del Estado, aprobar por medio de Resolución del Secretario General de Energía las reglas de mercado y los procedimientos de operación de carácter instrumental y técnico necesarios para la gestión económica y técnica del sistema.
El apartado 3 del artículo 27 del Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica, que establece que «El operador del mercado y la Comisión Nacional de Energía podrán proponer al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para su aprobación las reglas de funcionamiento del mercado diario e intradiario de producción que consideren adecuadas para la mejor ejecución de lo previsto en la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, el presente Real Decreto y demás normas de desarrollo, quien resolverá previo informe de la Comisión Nacional de Energía.»
Por su parte, el citado Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, establece, en su artículo 31, que el operador del sistema podrá proponer para su aprobación por el Ministerio de Industria Turismo y Comercio los procedimientos de operación de carácter técnico e instrumental necesarios para realizar la adecuada gestión técnica del sistema.
En la Resolución de 24 de mayo de 2006, de la Secretaría General de Energía (BOE número 128, de 30 de mayo de 2006), se aprobaron las Reglas de funcionamiento del mercado diario e intradiario de producción de energía eléctrico, que posteriormente fueron modificadas por Resolución de 26 de junio de 2007, de la Secretaría General de Energía (BOE número 155, de 29 de junio de 2007).
Por Resolución de 18 de mayo de 2009, de la Secretaría de Estado de Energía (BOE número 129, de 28 de mayo de 2009), se aprobó el procedimiento de operación del sistema eléctrico P.O.9: «Información intercambiada por el Operador del Sistema»;
Vista la propuesta del Operador del Mercado Ibérico de Energía-Polo Español para la modificación de las vigentes Reglas de funcionamiento del mercado diario e intradiario de producción de energía eléctrica, en las que propone cambiar la unidad de contratación de energía en el mercado diario e intradiario;
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