Corrección de errores del Real Decreto 892/1991, de 7 de junio, por el que se modifica el Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por el Real Decreto 2442/1985, de 27 de diciembre.

MarginalBOE-A-1991-18637
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en el mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 142, de fecha 14 de junio de 1991, a continuación, se formulan las oportunas rectificaciones:

En la página 19660, primera columna, siete, artículo 27, 2, cuarta línea, donde dice: «a la alida de los bienes del depósito fiscal en que hayan sido», debe decir: «a la salida de los bienes del depósito fiscal en que hayan sido».

En las mismas página y columna, siete, artículo 27; 9; cuarta línea; donde dice: «autorización concebida con arreglo al número 1 y siguientes del presente», debe decir «autorización concedida con arreglo al número 1 y siguientes del presente».

En la página 19661, primera columna, diecisiete, 1, primer párrafo, tercera línea, donde dice: «independientes de aquellos otros en que se fabrique el alcohol, se», debe decir «independientes de aquellos otros en que se fabrique alcohol, se».

En la página 19661, segunda columna, veintiuno, A), 2, a), donde dice: «Serán independientes de las de alcohol.», debe decir «Serán independientes de los de alcohol.».

En la página 19662, primera columna, veintiuno, 4, primera línea, donde dice: «Los importes calculados conforme a lo dispuesto en el núme-o», debe decir «Los importes calculados conforme a lo dispuesto en el número».

En las mismas página y columna, veinticuatro, f), tercera línea, donde dice: «que constituirá el rendimiento químico teórico del 100 por 100 de los», debe decir «que constituida el rendimiento químico teórico del 1OO por 100 de los».

En las mismas página y...

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