Orden de 17 de abril de 1989 por la que se aprueba el Reglamento de la orden civil de la solidaridad Social.

Fecha de Entrada en Vigor30 de Abril de 1989
MarginalBOE-A-1989-9741
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 407/1988, de 22 de abril, crea la Orden Civil de la Solidaridad Social, en adecuación de la antigua Orden de Beneficencia, que desaparece.

La disposición final primera del referido Real Decreto autoriza al Ministro de Trabajo y Seguridad Social para dictar el Reglamento de la citada Orden Civil, así como cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del mismo. Dicha autorización debe considerarse transferida a la Ministra de Asuntos Sociales en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 791/1988, de 20 de julio, por el que se determina la estructura inicial del Departamento.

En su virtud, a propuesta de la Subsecretaría del Departamento dispongo:

[precepto]Primero.

Se aprueba el Reglamento de la Orden Civil de la Solidaridad Social que se inserta a continuación.

[precepto]Segundo.

La presente Orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Reglamento de la Orden Civil de la Solidaridad Social

Artículo 1 °

La Orden Civil de la Solidaridad Social se concede en reconocimiento a las personas físicas, o jurídicas, nacionales o extranjeras, que se hayan distinguido de modo extraordinario en la promoción o desarrollo de actividades y servicios relacionados con la acción social que haya redundado en beneficio del bienestar social.

Artículo 2 °

En virtud del articulo primero, se consideran actividades, méritos y/o servicios de reconocimiento social, y que pueden ser incluidos en el ámbito de aplicación del presente Reglamento, aquellos esfuerzos, bien individuales o colectivos, en pro de los siguientes objetivos:

La promoción, el fomento y la consecución de las condiciones que posibiliten la plena participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, contribuyendo a eliminar cuantas discriminaciones existan por razón de nacimiento, origen, raza, edad, sexo, condición física o psíquica, religión, ideología, cultura o cualquier otra circunstancia personal, económica o social, avanzando así también en la igualdad de oportunidades y de trato para todas las personas.

El desarrollo, profundización y consolidación de los derechos sociales, especialmente en los aspectos relacionados con la protección social.

La promoción de la organización y movilización del tejido social...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR