Resolución de 27 de junio de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra el Acuerdo del Encargado del Registro Civil Central, en el expediente sobre actuaciones sobre inscripción matrimonio.

MarginalBOE-A-2006-15893
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

Resolución de 27 de junio de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra el Acuerdo del Encargado del Registro Civil Central, en el expediente sobre actuaciones sobre inscripción matrimonio.

En las actuaciones sobre inscripción de matrimonio remitidas a este Centro en trámite de recurso por virtud del entablado por la interesada contra acuerdo del Encargado del Registro Civil Central.

Hechos

  1. Mediante escrito presentado en el Registro Civil Central el 17 de noviembre de 2004, Doña. A., nacida en República Dominicana en 1957, de nacionalidad española y domiciliada en M., solicitó la inscripción de su matrimonio civil celebrado en República Dominicana el 29 de abril de 2003, con Don E, nacido en República Dominicana en 1967, de nacionalidad dominicana y domiciliado en la República Dominicana. Acompañaba con la solicitud los siguientes documentos: declaración de datos para la inscripción, acta de matrimonio inextensa, y DNI, inscripción de nacimiento practicada en el Registro Civil Central en 2004, y volante de inscripción padronal, correspondiente a la promotora.

  2. El 25 de enero de 2005 se celebró la audiencia reservada con la contrayente, manifestando que no se acuerda del segundo apellido de su esposo; que conoció a su esposo hace unos diez años en S.; que ha convivido con su esposo poco tiempo, unos días cuando contrajo matrimonio, y en diciembre de 2003, un mes, cuando fue de vacaciones; que ella tiene cuatro hijos; que su esposo tiene tres hijos, desconociendo los nombres, apellido materno, y las fechas de nacimiento, que su esposo tiene aproximadamente unos doce hermanos, y no sabe como se llama ninguno; que le parece que su esposo nació en M., desconociendo la fecha de su nacimiento, ella le lleva unos dos años; que ella trabaja en la hostelería, y él es fotógrafo; que desconocen como se llaman los padres de su marido, le parece que están muertos. El 24 de mayo de 2005 se celebró la audiencia con el contrayente en el Consulado General de España en S., manifestando que tiene tres hijos y trabaja como fotógrafo, que conoció a su esposa en 1994; que él tiene catorce hermanos; que desconoce donde nació su esposa y su fecha de nacimiento; que ella ha ido a la República Dominicana en diciembre de 2004 y en otras dos ocasiones que no recuerda; que desconoce donde reside y cuanto gana; que ella tiene nueve hermanos y sabe el nombre de alguno; que ella tiene cuatro hijos, y desconoce la edad, apellidos y nombre de algunos.

  3. El Encargado del Registro Civil Central dictó acuerdo con fecha 7 de septiembre de 2005, denegando la inscripción del matrimonio solicitado, fundamentando su resolución en que había una serie de hechos acreditados en las actuaciones como eran que la esposa desconocía los hijos del esposo y el apellido de la madre, la fecha de nacimiento del esposo, y el nombre de sus padres, y el esposo desconocía la fecha y el lugar de nacimiento de su esposa, etc., hechos que llevaban a la conclusión de que el matrimonio era nulo por simulación.

  4. Notificado el acuerdo al Ministerio Fiscal y a la solicitante, ésta interpuso recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado solicitando la...

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