Resolución de 22 de julio de 2005, de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se aprueban las normas que han de regir la modalidad de concursos de pronósticos de las apuestas deportivas denominada El Quinigol.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Julio de 2005
MarginalBOE-A-2005-12876
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2005, de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se aprueban las normas que han de regir la modalidad de concursos de pronósticos de las apuestas deportivas denominada El Quinigol.

Con motivo de la celebración de los Campeonatos del Mundo de Fútbol durante el mes de junio de 1998 en Francia, se estableció una fórmula de participación de las apuestas deportivas en base a un número menor de encuentros de fútbol que en La Quiniela, puesto que el calendario de encuentros exige mayor dinamismo en cuanto a fechas para los concursos.

Posteriormente, en los meses de septiembre a diciembre de 1998, esta fórmula fue aplicada por la Entidad para programar nuevos concursos con motivo de la Liga de Campeones que organiza la UEFA y también fue aplicada con motivo de la celebración de la Copa Europea de Selecciones Nacionales en el mes de junio del año 2000.

Diversos países europeos han instalado un juego, cuya fórmula se basa en los goles marcados por los equipos de fútbol, como complemento al juego de La Quiniela, cuyos pronósticos son sobre ganador, empate o perdedor, y el resultado obtenido por la suma de las dos fórmulas de juego es comercialmente positivo.

En base a ello Loterías y Apuestas del Estado considera oportuno reestablecer en el mercado la fórmula de El Quinigol, pero con dos variantes decisivas desde el punto de vista comercial, el boleto estará integrado casi siempre por equipos de 1.ª División, con los que la venta crece más, y se podrá concursar todas las semanas en paralelo con La Quiniela.

Respecto a las anteriores ocasiones el juego presenta además una variable de interés, se incluye una nueva categoría de premios a los acertantes de dos resultados, lo que conlleva una nueva distribución del fondo destinado a los premios, que sigue siendo el 55% de la venta.

Tratándose de una modalidad de Apuesta Deportiva, la distribución de las recaudaciones obtenidas se realizará de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto 419/91, de 27 de marzo, modificado por Real Decreto 258/1998, de 20 de febrero.

En consecuencia, oído el Consejo Rector de Apuestas Deportivas, esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8, apartado 2, letra p) del Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 14 de enero de 2000), ha resuelto aprobar las siguientes normas que regulan los concursos de El Quinigol:

TÍTULO I
Capítulo Primero

Los concursos

  1. Las presentes normas tienen por objeto establecer las condiciones por las que se rigen los concursos de pronósticos sobre resultados de partidos de fútbol, sin que supongan se concierte contrato alguno entre los concursantes ni entre éstos y la Entidad Pública Empresarial de Loterías y Apuestas del Estado, quedando limitada la actividad de quienes participan a pagar el importe correspondiente y entregar o remitir sus pronósticos en la forma establecida en las normas.

  2. El hecho de participar en un concurso implica, por parte del concursante, el conocimiento de estas normas y la adhesión a las mismas, quedando sometida su apuesta a las condiciones que en ellas se establecen.

  3. El concurso consiste en acertar el número de goles que va a marcar cada uno de los equipos de seis partidos de fútbol, y asignar los premios que correspondan a cada apuesta en la forma y condiciones que se establecen en las presentes normas.

  4. 1. Estos concursos de pronósticos, denominados comercialmente El Quinigol, se organizan sobre la base de los resultados de partidos de fútbol que figuren en competiciones autorizadas por la Real Federación Española de Fútbol u otras instituciones oficiales de ámbito nacional o internacional.

  1. Para participar se utilizará un boleto con los doce equipos agrupados de dos en dos por cada partido.

  2. Bloque.-Es el conjunto de 48 recuadros o casillas, cuatro para cada equipo y en los que se eligen los pronósticos.

  3. Pronóstico.-Es cada una de las casillas marcadas para cada uno de los equipos.

  4. Resultado de un partido.-Son los dos pronósticos que para cada partido reflejan el resultado de éste.

  5. Apuesta.-Es el conjunto de doce pronósticos de un mismo bloque ordenados por parejas para cada partido, y también, cada uno de los conjuntos de igual naturaleza que se obtienen en el desarrollo de las combinaciones pronosticadas con más de un resultado, en la opción de apuestas múltiples de acuerdo con lo establecido en las normas 8.ª, 9.ª y 10.ª sobre forma de pronosticar y clases de apuestas.

Capítulo Segundo

Distribución de fondos para premios

  1. El precio de cada apuesta queda fijado en 1 euro.

  2. Se destina a premios el 55 por 100 de la recaudación íntegra, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.º del Real Decreto 419/91, de 27 de marzo, modificado por Real Decreto 258/1998, de 20 de febrero, que se distribuirá entre las cinco categorías de premios que se establecen en la norma 7.ª

  3. 1. Los porcentajes para cada categoría sobre la recaudación íntegra, entre las que se distribuye el 55 por 100 a que se refiere la norma 6.ª, son los que a continuación se determinan:

Categoría Primera: El 10 por 100 de la recaudación íntegra se repartirá a partes iguales entre las apuestas cuyos pronósticos tengan acertados los resultados exactos de los seis partidos

Categoría Segunda: El 9 por 100 de la recaudación íntegra se repartirá a partes iguales entre las apuestas cuyos pronósticos tengan acertados los resultados de cinco de los partidos.

Categoría Tercera: El 8 por 100 de la recaudación íntegra se repartirá a partes iguales entre las apuestas cuyos pronósticos tengan acertados los resultados de cuatro de los partidos.

Categoría Cuarta: El 8 por 100 de la recaudación íntegra se repartirá a partes iguales entre las apuestas cuyos pronósticos tengan acertados los resultados de tres de los partidos.

Categoría Quinta: El 20 por 100 de la recaudación íntegra se repartirá a partes iguales entre las apuestas cuyos pronósticos tengan acertados los resultados de dos de los partidos.

  1. En el supuesto de que la categoría primera no tuviera acertantes, el fondo a ella destinado se ofrecerá como bote e incrementará el fondo de la 1.ª categoría del concurso inmediato siguiente.

  2. Si no existieran acertantes de la categoría segunda el fondo a ella destinado incrementará el de la categoría tercera. Si tampoco hubiera acertantes de la categoría tercera, ambos fondos incrementarán el de la categoría cuarta. Si tampoco hubiera acertantes de la categoría cuarta, ambos fondos incrementarán el de la categoría quinta.

  3. Si no hubiera acertantes de la quinta categoría el fondo a ella destinado, incrementado en su caso por aplicación de lo dispuesto en el número anterior, se ofrecerá como bote e incrementará el fondo de la 1.ª categoría del concurso inmediato siguiente.

  4. En ningún supuesto el importe de cada uno de los premios de una categoría inferior puede resultar superior al de las precedentes. A tal efecto, si el importe que correspondiera a cada uno de los acertantes de una categoría fuese inferior a los de la categoría siguiente, los fondos destinados a premios de las dos categorías se sumarían para repartir por partes iguales entre los acertantes de ambas. Si, a pesar de esta adición, los premios de las dos categorías a que afecten resultaran de menor cuantía a otra categoría inferior, se sumarán los fondos destinados a las tres categorías para repartirlos entre todos los acertantes de ellas, y así sucesivamente.

  5. Si el importe unitario del premio por apuesta de la categoría quinta fuera inferior a 1 euro los acertantes no lo percibirán y el fondo asignado a esta categoría se ofrecerá como bote e incrementará el fondo de la 1.ª categoría del concurso inmediato siguiente.

  6. Si desde un principio, o como resultado de la aplicación de lo dispuesto en el punto 5 anterior, correspondiese a cada una de las apuestas premiadas de la categoría cuarta una cantidad inferior a 1 euro, quedarán sin premio y el fondo total será distribuido entre las apuestas acertadas de la categoría tercera. Si a pesar de ello correspondiese a cada una de las apuestas premiadas de la categoría tercera una cantidad inferior a 1 euro, quedarán sin premio y el fondo total será...

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