ORDEN EHA/1493/2007, de 28 de mayo, por la que se modifica el anexo de la Orden EHA/1136/2007, de 26 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2006 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

Fecha de Entrada en Vigor31 de Mayo de 2007
MarginalBOE-A-2007-10766
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Orden EHA/1136/2007, de 26 de abril, aprobó, para el perÃodo impositivo 2006, una reducción de los Ãndices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas FÃsicas para las actividades agrÃcolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

La relación de las actividades agrÃcolas y ganaderas asà como los ámbitos territoriales afectados por esta reducción se definieron en el anexo de la citada Orden Ministerial.

Con posterioridad a la publicación de la citada Orden en el BoletÃn Oficial del Estado, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha emitido un nuevo informe en el que se pone de manifiesto la existencia de situaciones de adversidad climática y otras circunstancias excepcionales que en su momento no se tuvieron en cuenta, que hacen necesario modificar el anexo de la citada Orden EHA/1136/2007, para determinados ámbitos territoriales y actividades de las Comunidades Autónomas de AndalucÃa, Cataluña, Comunitat Valenciana y Región de Murcia.

En su virtud, dispongo:

ArtÃculo 1. Modificación del anexo de la Orden EHA/1136/2007, de 26 de abril, por la que se reducen para el perÃodo impositivo 2006 los Ãndices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas FÃsicas para las actividades agrÃcolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

El anexo de la Orden EHA/1136/2007, de 26 de abril, quedará modificado para las Comunidades Autónomas siguientes:

  1. Comunidad Autónoma de AndalucÃa.

    1. En la provincia de Córdoba, para el ámbito territorial de los términos municipales de la Comarca de los Pedroches, deben incluirse las siguientes actividades con los siguientes Ãndices de rendimiento neto:

      Actividad

      Índice

      Ovino y caprino de carne extensivo

      0,29

      Ovino y caprino de leche extensivo

      0,26

      Bovino de carne extensivo

      0,18

    2. En la provincia de Granada, para el ámbito territorial de los términos municipales de las Comarcas de Baza, Guadix y Huéscar, deben incluirse las siguientes actividades con los siguientes Ãndices de rendimiento neto:

      Actividad

      Índice

      Ovino y caprino de carne extensivo

      0,29

      Ovino y caprino de leche extensivo

      0,26

    3. Para todos los términos municipales de la Comunidad Autónoma, debe incluirse la actividad de «productos hortÃcolas» con un Ãndice de rendimiento neto del 0,27.

  2. Comunidad...

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