Resolución de 20 de marzo de 2003, en ejecución del Pliego de Cargos redactado por el Letrado Instructor del procedimiento de referencia IE/LDI-2/2002, instruido por acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, de 8 de noviembre de 2002, a Caja Hipotecaria Centro Sur, S.A., y a D. José Ignacio Montero Amirola.
Marginal | BOE-B-2003-103099 |
Sección | V - Anuncios |
Emisor | Banco de España |
Rango de Ley | Resolución |
Resolución de 20 de marzo de 2003, en ejecución del Pliego de Cargos redactado por el Letrado Instructor del procedimiento de referencia IE/LDI-2/2002, instruido por acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, de 8 de noviembre de 2002, a Caja Hipotecaria Centro Sur, S.A., y a D.
José Ignacio Montero Amirola.
Redactado por el Letrado Instructor Pliego de Cargos en el procedimiento de referencia IE/LDI-2/2002 incoado a Caja Hipotecaria Centro Sur, S.A., y estando acreditado en el expediente la imposibilidad de su notificación en el domicilio social de la entidad, de conformidad con lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a dar publicación resumida en el Boletín Oficial del Estado de dicho Pliego de Cargos en el que se imputan a la entidad expedientada los hechos que a continuación se concretan:
'Único.--Relativo al uso sin autorización de denominaciones reservadas a las entidades de crédito.
... la utilización de la denominación 'Caja Hipotecaria Centro Sur' por parte de los expedientados contraviene lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 26/1988, lo que constituye la comisión de una infracción administrativa sancionable, en la medida que supone utilizar en el tráfico mercantil una denominación que puede inducir a confusión con las genéricas, propias de alguna clase de entidades de crédito, en este caso con la denominación reservada 'Caja de Ahorros'. Y ello es así, particulamente, habida cuenta de la utilización conjunta de unos términos como 'Caja' e 'Hipotecaria' que el público y los posibles clientes identificarán plenamente con los habitualmente usados por ciertas entidades de crédito, circunstancia que queda además aun más refrendada por el hecho de que a los anteriores términos se una otro ('Centro Sur') que evoca un ámbito territorial de actuación, lo cual es típico de entidades de crédito como las Cajas de Ahorro o las Cajas Rurales, entidades que, por otra parte, tienen entre su actividad principal la concesión de préstamos hipotecarios.
Según dispone el artículo 29 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, quienes infrinjan las prohibiciones establecidas en el artículo 28 del mismo texto podrán ser sancionados con multas por importe de hasta treinta mil cincuenta euros con sesenta y un céntimos (equivalentes a cinco millones de pesetas), sin perjuicio de ser requeridos para que cesen...
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