RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2001, de la Subsecretaría (rectificada), por la que se da publicidad a la conversión a euros de los precios, tarifas, cánones y cuotas correspondientes a las competencias ejercidas por el Ministerio de Economía y sus organismos y entes dependientes.

MarginalBOE-A-2001-19601
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2001, de la Subsecretaría (rectificada), por la que se da publicidad a la conversión a euros de los precios, tarifas, cánones y cuotas correspondientes a las competencias ejercidas por el Ministerio de Economía y sus organismos y entes dependientes.

Advertidas erratas en la inserción de la Resolución de 28 de septiembre de 2001, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad a la conversión a euros de los precios, tarifas, cánones y cuotas correspondientes a las competencias ejercidas por el Ministerio de Economía y sus organismos y entes dependientes, publicada en el 'Boletín Oficial del Estado' número 238, de fecha 4 de octubre de 2001, se transcribe a continuación íntegra y debidamente rectificada, quedando sin efecto la anterior publicación:

El artículo 11 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, modificado por la Ley 9/2001, de 4 de junio, establece los criterios para la conversión a euros de los valores de los precios, tasas y tarifas. De acuerdo con la nueva redacción dada al artículo, se marcan los criterios para la adaptación de las escalas y haremos de sanciones pecuniarias, precios, tarifas y demás cantidades, con importes monetarios expresados únicamente en pesetas (art. 11.3). Por otra parte, se precisan los criterios a seguir en la conversión de tarifas, precios, aranceles o cantidades unitarias, que hayan de aplicarse a bases expresadas en cualquier magnitud; en este caso, las cifras que resulten de la aplicación del tipo de conversión se tomarán con seis cifras decimales, efectuándose el redondeo por exceso o por defecto al sexto decimal más próximo.

Con el fin de evitar aquellos problemas que pudieran plantearse en la interpretación de los criterios de la Ley 46/1998 a las tarifas, precios privados, cuotas, cánones, haremos, etc., cuya responsabilidad corresponde al Ministerio de Economía, sus organismos autónomos y entes u órganos vinculados o dependientes, y de dar publicidad a los nuevos importes en euros, se ha estimado oportuno recoger en una resolución valores convertidos a euros de los citados conceptos.

Por lo anterior, en virtud de las funciones atribuidas a la Subsecretaría de Economía por el artículo 16 del Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, y siguiendo las recomendaciones adoptadas en el Comité de Seguimiento creado en el H Plan Nacional de Transición...

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