Decreto 234/1968, de 1 de febrero, por el que se declaran de urgente ocupación los bienes afectados por las obras de recrecimiento de la presa de Manzanares el Real, en el río Manzanares (Madrid).

MarginalBOE-A-1968-32999
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Obras Publicas
Rango de LeyDecreto
B.
O.
del E..--NÚDl.
37
12
febrero
1968
2107
FRANCISCO
FRANCO
El
Ministro
de
la
Gobernación.
CAMILO
ALONSO
VEGA
Articulo
secundo.-Queda
facultado
el
M1n1ster1o ele
la
0<7
bernaclón
para
dictar
las
dlsposlclones
que
pud1era
exlslr
el
cumplimiento
de
este Decreto.
AsI
lo
dispongo
por
e)
presente
Decreto,
dado
eu
Madrid
auno de febrero de mil novecientas sesenta yocho.
DE
MINISTERIO
OBRAS
PUBLICAS
DECRETO
23411968.
de 1de febrero,
por
el que
se
declaran de urgente ocupactón losbtenes afectados
por
las
obras
de
recrecimiento
de
la presa
de
Man-
2anares
el
Real.
en
el
rfo
ManzaMTes
(Madrid).
ORDEN
de 29 de enero
de
1968 por
la
que
se dts-
p<>neel
cumplimiento
de
la sentencia reca.í4a
en
el
recurso contenciosG-administTativo
número
930.
Ilmo.
Sr.:
En
el
recurso
contencioso-adminiStrattvo núme.-
ro 930, promovido
por
la
«Empresa
Oude. S.
A.»,
contra
Re-
solución
de
la
Dirección
General
de
Transportes
Terrestres
de
21
de
febrero
de
1966.
sobre
multe.
por
infracción
del
articulo
12
del
Reglamento
de
ordellacl6n
de
Transportes
(realizar
tráfico
en
tramo
de
prOhibición,
dejando
tres
viajeros
en
Esca1rón),
la
Sala
Tercera
del
Tribunal
Supremo
de
Justicia
ha
dictado
sen-
tencia
en
25
de
septiembre
de
1967.
cuya
parte
dispositiva.
dice
881:
«Fallamos:
Que
con
desestimación
total
del
presente
recurso
contencioso-administrativo nÚDlero930.
de
1966,
interpuesto
por
el,
Procurador
de
los
Tribunales
don
José
Barreiro-Metro
Fer-
nández,
en
nombre
y
representación
de
la
Empresa
de
Tr8n&o
portes
Oude, S. A.»,
contra
Resolución
de
la.
DJreec16n General
de
Transportes
de
21
de
febrero
de
1966.
debemos
declarar
y
declaramos
ajustada
a
derecho
tal
resolución.
sin
hacer
expresa
condena
de
costas.»
y
este
Ministerio,
aceptando
en
su
integridad
el
preinserto
fallo,
ha
disPuesto
sea
cumplido
en
sus
propios
términos.
Lo
que
participo
a
V.
1.
para
su
conocimiento yefectos.
Dios guarde a
V.
l.
muchos años.
Madrid,
29
de
enero
de
1968.
SILVA
Ilmo.
Sr.
Director
general
de
Transportes
Terrestres.
El
rápk!o crec1Inlento del consumo
de
agua
en
el
área· me-
trapoll!ana
do
Madrid
exigió
la
Incorporaclón
de
los
caudales
regulados
por
la
presa
de
«Hidráullca
de
Bantllla,
S.
A.',
ubIca-
da
en
el
ric
Manzanares.
La
posibilidad
de
diciha
incorporación
se
obtuvo
por
medio
de los Decretos dos
mil
cuatrocientos
cincuenta
ynueve/mil
uoveel~tos
sesenta
y
tres,
de
slete
de
septlembre,
Ycuatroclen-
tos velntlsé1s/mll novecientos
~ta
y
c1.nco
•.
de
ve1nt1c1nco
de
febrero,
que
autorizaron
la
compra
y.
fijaron
el
precio
de
las
acciones
de
«Hidráulica
de
Sant1llana.
S.
A.»,
que
adquh1ría
el
Canal
de
Isabel
n.
Realizada
esta
operación,
el
Canal
de
Isabel
II.
previo
convenio
con
dIldráulica
de
Bantillana.
S.
A.J,.
introdUjo
en
su
plan·
suPlementario
de
ob1'as---qu1ntogrupo-las
necesarlaB
areallzar con
el
fin
de
aumentar
la
cape.c1dad
del
canal
de
abaatecim1ento, y
la
ejecución
de
uno
nuevo,
enlazados
ambos
con
los
del
Canal
de
Isabel
n.
Este
plan
fUé
aprobado
té<>-
nlcameute
por
orden
mlulsterlal
de
Obras
Públlcas
de
velnte
de
noviembre
de
mil
novecientos
sesenta
y
cinco
yflna.ncJado
por
e! Decreto
del
Mlulsterlo
de
Haclonda
de
dlodslete
de
mar-
zo
de
mn
novecientos
sesenta
yseis.
'I'erm1nada
esta
etapa
se
ha
estudiado
la
elevación
de
la
presa,
con
el
fin
de
conseguir mayOr
caudal
regulado
que
per-
mlte
además
,aprovechar
al
_o
las
capacIdades
actualeB
de
los
canales
de
conducclón,
llegándose
a
la
coneIU8lón
de
que
se
trata
de
una
obra
relativamente
fácll,
de
plazo
reducldo
y
económica
que
es
muy
conveniente
acometer.
La
necesldad
en
disponer
cuanto
antes
del
servlclo
que
pro-
porciona
esta
elevac!ón del
embalse
de
de
Santl-
llana,
S.
A.',
en
el
rlo
Monzanareo,
obllp
adec1arar
la
obra
de
recouockla
urgencia,
a
los
efectos
prlnclpalmente
de
fac!ll-
tar
la
exprapJaclón
de
los
terrenos
afectados.
En
virtud
de
lo
expuesto,
apropuesta
del
Mlnlstro
de
Obras
Públicas
y
previa
dollberaclóu
de!
Consejo
de
Mlnlstros
en
su
reunión
de
veintiséis
de
enero
de
mil
novecientos
sesen-
ta
y
ocho,
DISPONGO:
Artículo
pr1mero..-se
autor1za
al
Canal
de
Isabel
II
a
redactar
y
presentar
en
el
Ministerio
de
Obras
Públicas
el
«Proyecto
de
recreclm1ento.
de
la
presa
de
Manzanares
elRea1,
en
el
no
Manzanares,
de
''Hidráulica
de
santmana.
S. A/'».
Articulo
segundo.-lLas
obras
e1nstalaclones,
tanto
auxillar
res
como
principales
a
que
se
re:fiere
el
articulo
anterior.
se
declaran
do
reconoclda
urgencia
a
los
efectos
de
la
llIlllcaclón
del
articulo
cincuenta
y
dos
de
la
Ley
de
~ón
1"ol'zosa
de
dieciséis
de
dlclombre
de
mll
novecl~tos
clncuenta
y
cuatro.
Artículo
tercero.-se
autoriza
al
Canal
de.
Isabel
II
para
que
convenga
con
«Hidráulica
de
8antillana.
S.
A.»,
la
ejecu-
ción
yfinanc1actón
de
las
obras
a
que
se
refiere
este
De-
creto. .
Así
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
uno
de
febrero
de
mil
novecientos
sesenta
yocho.
FRANOISCO
FRANCO
El
Ministro
de
Obras
Públicas,
FEDERIOO
Sn.VA
MOOOZ
ORDEN
de
29
de
enero
de
1968
por
la
que
se
dis-
pone
el
cumplimiento
de la sentencia
ref$ída
en
el
recurso
contencioso-administrativo
número'154111966.
Ilmo.
Sr.:
En
el
recurso
contencioso-administrativo
núme-
ro
1.541,
promOVido
por
don
Manuel
Martinez
Córdoba
contra
acUerdo
de
24
de
febrero
de
1966
de
la
Dirección
General
de
Obras
HidráUlicas.
qUe
desestimó el recurso
de
alzada inter-
puesto.
contra
otro--que
también
es
recurrido-de
la
Comisaría
deA.gue.s
del
Guadalquivir
de
15
de
julio
de
1965.
por
el
que
se
imponía
la
obl1gac16n
de
destruir
un
muro
construido
sin
autorización·
en
la
Rambla
de
las
Hierbas,
afluente
del
río
Guadahortuna,
térmlno
munlcipal
de
AIlcún
de
Ortega
(Gra-
nada),
la
Sala
Tercera
del
Tribunal
Supremo
de
Justicia
ha
d1ctado
sentencia
en
16
de
noviembre
de
1967,
cuya
parte
dis--
posItIva dlce as!: '
«Fallamos:
Que
desestimando
como
desestimamos
el
recurso
contencioso-administrativo
interpuesto
por
la
representación
pro-
cesal
de
don
Manuel
Martinez
Córdoba
contra
el
acuerdo
de
la
Dirección
General
de
Obras
Hidráulicas
de
veinticuatro
de
febrero
de
mil novecientos sesenta. y
seis.
que
desestimó
otro
de
la
Comisaria
de
Aguas
del
GuadalqUivir
fechado
en
quince
de
julio
de
mil
novecientos
sesenta
y
c1nCQ---Wlmblén
ahora
impugnado-,
que
impuso
al
recurrente
la
obligación
de
des--
trnir
un
muro
construido
sin
autorización
en
la
Rambla
de
las
Hierbas,
afluente
del
rio
Guadahortuna,
en
término
municipal
de
Allcún
de
Ortega
(Granada).
bajo
advertencia
de
ser
de-
molido a
su
costa
en
caso
de
no
.verificarlo, debemos
declarar
y
declaramos
que
ambas
resoluciones
administrativas
son
con-
formes
aderecho,
por
lo
que
quedan
válidas
y
subsistentes
en
toda
su.
integridad.
Yabsolvemos a
la
Adm1níBtraei6n
de
la
demanda;
sin
expresa
imposición
de
costas.»
y
este
Ministerio,
aceptando
en
su
integridad
el
preinserto
fallo,
ha
dispuesto
sea
cumplido
en
sus
propios
términos.
Lo
que partiCipo aV.
l.
para
su
conocimiento yefectos.
Dios
guarde
aV.
l.
muchos
afias.
Madrid,
29
ehero
de
1968.
SILVA
Ilmo.
Sr.
Director
general
de
Obras
Hidráulicas.
ORDEN
de
29
de enero de 1968
por
la
que
se
dis-
pone
el
cumplimiento
de la sentencia recaída en el
recurso contencioso-administrativo número 206511966.
Ilmo.
Sr.:
En
el
recurso
contencioso-admínistrativo
núme·
ro
2,065,
promovido
por.
don
José.
Oarc1a
Portomeñe
contra
Re-
solución
del
M1n1sterio
de
Obras
Públieasde
1G
de
mayo
de
1966.
que
desestimó el
recurso
de
reposición
interpuesto
contra
Orden
del
citado
MiniSterio
de
16
de
diciembre
de
1965.
también
re-
currida.
referente
ala
repercusión.
del
Impuesto
General
sobre
el
Tráfico
deEmprese.s
en
contratas
adjudicadas
al
recurrente
de
las
obras
de
«Carretera
comarca1547. Lugo a
Santiago,
puntos
kilométricos
531
al
555,
simple
tratamiento
superficial
por
tra-
mos»; «Carretera
nacional
VI,Madrld
a
La
Coruña
Y
el
Fe-
rrol
del CaudUlo,
puntos
kilométricos
437,770
al
497.soo,
simple

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