Real Decreto 148/2001, de 16 de febrero, por el que se indulta a don Ricardo Pérez González.

MarginalBOE-A-2001-4036
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto

Visto el expediente de indulto de don Ricardo Pérez González, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense, en sentencia de fecha 23 de noviembre de 1999, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico, a la pena de tres meses de multa, con una cuota diaria de 600 pesetas y privación del permiso de conducir durante un año y un día, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de febrero de 2001,

Vengo en conmutar a don Ricardo Pérez González la pena de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento, por otra de trescientos sesenta días multa, a satisfacer en cuotas diarias de 300 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 16 de febrero de 2001.

Juan Carlos R.

El Ministro de Justicia,

Ángel Acebes Paniagua

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