Real Decreto 1207/1988, de 7 de octubre, por el que se indulta a José Suárez Iglesias.

MarginalBOE-A-1988-24000
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
."
Martes
18
octubre
1988
29978
23997
BOE
núm.
250
REAL
DECRETO
120711988. de 7de octubre, por el que
se indulta aJosé Suárez Iglesias.
Visto
el
expediente de indulto de José Suárez Iglesias, condenado
por
la Audiencia Provincial de Ovido, en sentencia de
16
de
diciembre
de 1985, como autor responsable de un delito de imprudencia temeraria
con resultado de muerte ytenencia ilícita de armas, ala pena de tres
años de prisión menor ydos años de igual prisión, yteniendo en cuenta
las circunstancias que concurren en los hechos.
Vistos
la
Ley de
18
de junio de 1870, reguladora de la gracia de
indulto; la Ley 1/1988, de
14
de enero, yel Decreto de 22 de abril
de
1938.
De confonnidad con el Ministerio Fiscal yel Tribunal sentenciador,
apropuesta del Ministro de Justicia yprevia deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 7de octubre de 1988.
Vengo en indultar aJosé Suárez Iglesias del resto
de
la pena que
le
queda por cumplir.
JUAN
CARWS
R.
El
Ministro de JU$ticia,
ENRIQUE MUGICA HERZOG
El
Mioistro de Justicia,
ENRIQUE MUGICA HERZOG
JUAN
CARLOS R.
Dado en Madrid a 7 de octubre de 1988.
De conformidad con
el
Ministerio Fiscal y
el
Tribunal sentenciador,
apropuesta del Ministro de Justicia yprevia deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 7
de
octubre
de
1988.
Vengo en conmutar la pena impuesta aAngel Castro Vieitez
por
otra
de dos años de prisión menor.
Dado en Madrid a 7 de octubre de 1988.
24000
El
Mini$tro
dt
JU$ticia,
ENRIQUE
MUGlCA
HERZOG
JUAN
CARLOS
R.
JUAN
CARWS
R.
El
Ministro
de:
Juslicia,
ENRIQUE MUGICA
HERZOG
RE:4-L
DECRETO
1204/1988, de 7de octubre. por el que
se mdulta aJosé Enrique Fernández Flores.
Visto
el
expediente de indulto de José Enrique
Femández
Flores
condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba, en sentencia de
15
de marzo de 1985, como autor responsable de un delito de robo con
intimidación en las personas, ala pena de cuatro años dos meses yun
día de prisión menor, yteniendo en cuenta las circunstancias que
concurren en los hechos.
.Vistos
la
Ley de
18
de
junio
de 1870, reguladora de la gracia de
mdulto; la Ley 1/1988, de
14
de enero,
yel
Decreto de 22 de abril
de 1938.
De conformidad con el Ministerio Fiscal yel Tribunal sentenciador
apropuesta del Ministro de Justicia yprevia deliberación del
Consej~
de Ministros en su reunión del día 7de octubre de 1988.
Vengo en indultar aJosé Enrique Femández Flores
una
quinta parte
de
la
pena que
le
queda por cumplir.
Dado en Madrid a 7 de octubre de 1988.
De conformidad con el Ministerio Fiscal y
el
Tribunal sentenciador,
apropuesta del Ministro de Justicia yprevia deliberación del Consejo
de Ministros en
su
reunión del día 7
de
octubre de 1988.
Vengo en indultar aJesús Castrillo Gabarre del resto de la pena que
le
queda por cumplir. condicionado aque no vuelva acometer delitos
de igual oanáloga naturaleza.
Dado en Madrid a 7 de octubre de 1988.
23999
23998
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
y
HACIENDA
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ORDEN
de 26 de septiembre de 1988 por
la
que se
conceden
los
beneficiosfiscales previstos en
la
Ley
1511986.
de 25 de abril, a
la
Empresa ((Talleres Mecánicos
Las
Casas, Sociedad Anónima Laboral».
24001
Vista la instancia formulada por el representante de «Talleres
Mecánicos Las Casas, Sociedad Anónima Laboral», con C.I.F.
A-42016568, en solicitud de concesión de los beneficios fiscales previs-
tos en la Ley 15/1986, de
25
de abril, de Sociedades Anónimas
Laborales, y
Resultando que en la tramitación del expediente se han observado
las disposiciones de carácter reglamentario que aestos efectos establece
el Real Decreto 2696/1986, de
19
de diciembre
(<
Oficial del
Estadm>
del día 3de enero de 1987), sobre tramitación de la concesión
de beneficios tributarios alas Sociedades Anónimas Laborales en virtud
de
10
dispuesto en la Ley 15/1986, de
25
de abril;
Considerando que se cumplen los requisitos establecidos en el
artículo
21
de la Ley 15/1986,
de
25
de abril, yque la Entidad solicitante
se encuentra inscrita en
el
Registro Administrativo de Sociedades
Anónimas Laborales, habiéndole sido asignado
el
número 3.725 de
inscripción,
Este Ministerio, apropuesta de la Dirección General de Tributos
ha
tenido abien disponer lo siguiente: '
PIj.mero.-Con arreglo alas disposiciones legales anteriormente
menCIOnadas se conceden ala Sociedad Anónima Laboral en el
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales yActos
Jurídico~
Docu-
mentados,
.los
siguientes beneficios fiscales:
a) Bonificación del 99
por
100·de las cuotas que se devenguen
por
las operaciones
d.e
co~stitución
yaumento de capital.
b)
Igual bomficaclón para las que se devensuen
por
la adquisición
por cualquier medio admitido en derecho, de bIenes provinientes de
l~
Empresa de que procedan la mayoría de los socios trabajadores
de
la Sociedad Anónima Laboral.
c) Igual bonificación,
por
el
concepto Actos Jurídicos Documenta·
dos, para las que se devenguen
por
operaciones
de
constitución de
préstamos sujetos
al
Impuesto sobre
el
Valor Añadido, incluso los
REAL
DECRETO
120611988, de 7de octubre, por el que
se indulta aAngel Castro Vieitez.
.Visto
el
ex~~ente
de indulto
d.e
Angel Castro Vieitez, incoado en
VIrtud
de
expOSICIón
elevada al GobIerno al amparo de lo establecido en
el
párrafo segundo del artículo
2.
0del Código Penal,
por
la Audiencia
Provmclal de Pontevedra que, en sentencia de 30
·de
enero de 1987 le
con~enó,
como autor de un delito de robo con intimidación, ala pena
d.e
cmco años cuatro meses yveintiún días de prisión menor yteniendo
en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos: '
.Vistos
la
Ley de
18
de
junio
de 1870, reguladora
de
la gracia de
mdulto; la Ley 1/1988, de
14
de enero, y
el
Decreto de
22
de abril
de
1938.
REAL
DECRETO
120511988, de 7de octubre, por el que
se indulta aJavier Mata Zufiaurre.
Visto
el
expediente de indulto de Javier Mata Zufiaurre, condenado
por la Audiencia Provincial de San Sebastián, en sentencia
de
23 de
febrero de 1985, 6de diciembre de 1981,
25
de septiembre de 1982 y
16
de febrero de 1987, como autor responsable de varios delitos de robo
con intimidación, robo con intimidación en grado de frustración, hurto
de
uso,
falta de hurto yfalsificación del documento nacional de identidad,
identidad, alas penas
de
dieciocho meses
de
prisión menor, seis años
de
prisión mayor, tres meses de arresto mayor yprivación del permiso de
conducir por dos años yquince días de arresto menor, un año de
presidio menor, dos meses yun día de arresto mayor ydos meses y
una
día de arresto mayor ymulta de 30.000 pesetas, yteniendo en cuenta las
circunstancias que concurren en los hechos.
Vistos la Ley de
18
de
junio
de 1870, reguladora de la gracia de
indulto; la Ley 1/1988, de
14
de enero, y
el
Decreto de 22 de abril
de
1938.
De
conformidad con
el
Ministerio Fiscal y
el
Tribunal sentenciador,
apropuesta del Ministro de Justicia yprevia deliberación del Consejo
de Ministros en
su
reunión del día 7de octubre de 1988.
Vengo en indultar aJavier Mata Zufiaurre de la totalidad de la pena
privativa de libertad que
le
queda por cumplir.
Dado en Madrid a 7 de octubre de 1988.
El
Ministro
de
Justicia,
ENRIQUE VJUGICA
HERZOG
JUAN
CARLOS
R.

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