Real Decreto 302/2001, de 16 de marzo, por el que se indulta a don José Manuel Cepeda Ojeda.

MarginalBOE-A-2001-6112
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto

Visto el expediente de indulto de don José Manuel Cepeda Ojeda, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 10 de Sevilla, en sentencia de fecha 6 de abril de 1999, como autor de un delito contra la seguridad de tráfico, a la pena de cuatro meses de multa, con una cuota diaria de 1.000 pesetas y privación del permiso de conducir durante un año y tres meses, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de marzo de 2001,

Vengo en conmutara don José Manuel Cepeda Ojeda la pena de privación de permiso de conducir pendiente de cumplimiento, por otra de trescientos sesenta días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 400 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 16 de marzo de 2001.

Juan Carlos R.

El Ministro de Justicia,

Ángel Acebes Paniagua

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