Real Decreto 3085/2000, de 1 de diciembre, por el que se indulta a don Garikoitz Cortázar Alkoz.

MarginalBOE-A-2001-531
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
BOE núm. 7 Lunes 8 enero 2001 829
28 de septiembre de 1998, le condenó, como autor de un delito de rehúse
al cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión
y diez años de inhabilitación absoluta, por hechos cometidos en el año
1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Fernando Castellanos Pérez la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas, por otra de cuatro años de inha-
bilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al
servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
531 REAL DECRETO 3085/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Garikoitz Cortázar Alkoz.
Visto el expediente de indulto de don Garikoitz Cortázar Alkoz, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, condenado por la
Sección Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián, en sentencia
de fecha 13 de mayo de 1997, como autor de un delito de rehúse al cum-
plimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión y diez
años de inhabilitación absoluta, con las accesorias legales, por hechos
cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre
de 2000,
Vengo en conmutar a don Garikoitz Cortázar Alkoz, la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inha-
bilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servi-
cio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
se indulta a don Asier Díez Gómez.
Visto el expediente de indulto de don Asier Díez Gómez, con los informes
del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección
Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián, en sentencia de
fecha 20 de mayo de 1998, como autor de un delito de rehúse al cum-
plimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión y diez
años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión de todo
cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministro de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de
diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Asier Díez Gómez la pena privativa de libertad
e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inhabilitación espe-
cial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio de la Admi-
nistración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante
el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
se indulta a don Miguel Echániz Azcúe.
Visto el expediente de indulto de don Miguel Echániz Azcúe, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en
virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en
el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, condenado por la Sección
Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián, en sentencia de
fecha 12 de junio de 1998, como autor de un delito de rehúse al cum-
plimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión y diez
años de inhabilitación absoluta, por hechos cometidos en el año 1995,
a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Miguel Echániz Azcúe la pena privativa de
libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inhabi-
litación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio
de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso
durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
MINISTERIO DE TRABAJO
Y ASUNTOS SOCIALES
534 RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2000, de la Secretaría
General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio
específico 2000 al Convenio de colaboración suscrito entre
el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia sobre cooperación en programas y actua-
ciones dirigidos específicamente a las mujeres.
Suscrito el Convenio específico 2000 al Convenio de colaboración entre
el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
sobre cooperación de programas y actuaciones dirigidos específicamente
a las mujeres, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del
artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado
Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 19 de diciembre de 2000.—El Secretario general técnico, Luis
Martínez-Sicluna Sepúlveda.
ANEXO
Convenio específico 2000 al Convenio de colaboración suscrito entre
el Instituto de la Mujer y la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia sobre cooperación en programas y actuaciones dirigidos espe-
cíficamente a las mujeres
SE REÚNEN
De una parte, don José Ramón Bustillo Navia-Osorio, Consejero de
Presidencia, nombrado por Decreto 11/2000, de 5 de mayo, en nombre
y representación del Órgano de Gobierno de la Comunidad Autónoma,
en uso de las facultades que le confiere el Decreto 56/1996, de 24 de
julio («Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 180, de 3 de agosto),
por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas
para la tramitación de éstos, en el ámbito de la Administración Regional
de Murcia, y en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno del día 11
de mayo de 2000.
Y de otra, doña Pilar Dávila del Cerro, Directora general del Instituto
de la Mujer (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales), nombrada mediante
Real Decreto 148/2000, de 2 de febrero («Boletín Oficial del Estado» núme-
ro 21, del 5), en nombre y representación del citado organismo autónomo
(Real Decreto 758/1996, de 6 de mayo; Real Decreto 839/1996, de 10 de
mayo; Ley 16/1983, de 24 de octubre; Real Decreto 774/1997, de 30 de
mayo), y, en virtud de lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior.

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