Real Decreto 2223/1994, de 16 de noviembre, por el que se indulta a don Francisco Pino Franco.

MarginalBOE-A-1994-27427
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia e Interior
Rango de LeyReal Decreto
BOE
núm.
297
Martes
13
diciembre
1994
37555
menor,
con
las
accesorias
de
suspensión
de todo cargo público y
derecho
de sufr¡lgio
durante
el
tiempo
de
la
condena,
por
hechos
cometidos
en
el
año
1993; a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
e
Interior
y
previa
deli-
beración
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
11
de
noviembre
de 1994,
Vengo
en
conmutar
a
don
Rubén
DarloGallo Rodríguez la
pena
privativa
de
libertad
impuesta
por
otra
de
un
año
de
prisión
menor, a
condición
de
que
no vuelva a
cometer
delito
durante
el
tiempo
de
normal
cum-
plimiento
de
la
condena.
Dado
en
Madrid a
1~
de
noviembre
de
1994.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia
e
Interior,
JUAN
ALBERTO"BELLOCH
JULBE
27423
REAL
DECRETO 2219/1994,
ere
16
ere
noviembre,
por
el que
se
indulta
adon
Andrés
Gómez Romero.
Visto el
expediente
de
indulto
de
don
Andrés
Gómez Romero,
con
los
informes
del Ministerio Fiscal ydel
Tribunal
sentenciador,
condenado
por
el
Juzgado
de lo
Penal
número
2
de
Jerez
de
la
Frontera,
en
sentencia
de
fecha
24
de
junio
de 1993, como
autor
de
un
delito
de
robo con
fuerza
en
las cosas, a
la
pena
de
dos
meses y
un
día
de
arresto.
mayor,
con
las
accesorias
de
suspensión
de
todo
cargo
público y
derecho
de sufragio
durante
el
tiempo
de
la
condena,
por
hechos
cometidos
los
días
5 y 6
de
marzo
de
1991; a
propuesta
del
Ministro de
Justicia
e
Interior
y
previa
deliberación
del Consejo de Ministros
en
su
reunión
del
día
11
de noviembre
de
1994,
Vengo
en
indultar
a
don
Andrés
Gómez Romero
la
pena
privativa
de
libertad
pendiente
de
cumplimiento,
a
condición
de
que
no
vuelvaa
cometer
delito
en
el
plazo
de
un
año
desde
la
publicación
del
presente
Real Decreto.
Dado
en
Madrid a16 de
noviembre
de 1994.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia
e
Interior,
.roAN ALBERTO BELLOCH
JULBE
27424
REAL
DECRETO 222O¡1994,
ere
16
ere
noviembre,
por
el que
se
indulta
a
don
Miguel
Hernández
Fernández.
Visto el
expediente
de
indulto
de
don
Miguel
Hernández
Fernández,
con
los
informes
del Ministerio Fisca1 y
del
Tribunal
sentenciador,
con-
denado
por
el
Juzgado
de
lo
Penal
número
22
de
Madrid,
en
sentencia
de
fecha
7
de
mayo
de 1993, como
autor
de
un
delito de lesiones, a
la
pena
de dos años,
cuatro
meses y
un
día
de
prisión
menor, con
las
acce-
sorias
de
suspensión
de
todo
cargo público y
derecho
de sufragio
durante
el
tiempo
de
la
condena,
por
hechos
cometidos
el
día
4de diciembre
de
1989; a
propuesta
del Ministro
de
Justicia
e
Interior
y
previa
deliberación
del
Cons~o
de Ministros
en
su
reunión
del
día
11
de
noviembre
de
1994,
Vengo
en
conmutar
a
don
Miguel
Hernández
Fernández
la
pena
pri-
vativa
de
libertad
impuesta
por
la
de
un
año
de
prisión
menor, a
condición
de
que
no
vuelva a
cometer
delito
durante
dos
años
desde
la
publicación
del
presente
Real Decreto.
Dado
en
Madrid a
16
de
noviembre
de
1994.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia
e
Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH
JULBE
27425
REAL
DECRETO 2221/J994,
ere
16
de noviembre,
por
el que
se
indulta
a
don
Juan
Antonio
Jiménez
Benítez.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
don
Juan
Antonio
Jiménez
Benítez,
con
los
informes
del Ministerio Fiscal ydel
Tribunal
sentenciador,
con-
denado
por
la
Sección
Segunda
de
la
Audiencia
Provincial de Málaga,
en
sentencia
de
fecha
13
de
enero
de
1993,
revocatoria
de
recurso
de
apelación
interpuesto
C'ontra
otra
del.
Juzgado
de
lo Penal
número
9
de
Málaga de fecha 28
de
septiembre
de
1992,
como
autor
de
un
delito de
lesiones, a
la
pena
de
un
año
de
prisión
menor, y
otro
delito
de
resistencia
a
agentes
de
la
autoridad,
a
la
pena
de
dos
multas
en
cuantía
de 100.000.
pesetas
y50.000
pesetas,
con
las
accesorias
de
suspensión
de todo cargo
público y
derecho
de sufragio
durante
el
tiempo
de
la
condena,
por
hechos
cometidos
el
día
4
de
mayo
de
1990; a
propuesta
del Ministro de
Justicia
e
Interior
y
previa
deliberación
del Consejo de Ministros
en
su
reunión
del
día
11
de
noviembre
de
1994,
Vengo
en
indultar
a
don
Juan
Antonio
Jiménez
Benítez
la
pena
privativa
de
libertad
pendiente
de
cumplimiento, a
condición
de que no vuelva a
cometer
delito
durante
el
tiempo
de
normal
cumplimiento
de
la
condena.
Dado
en
Madrid a16
de
noviembre
de
1994.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Justicia
e
Interior,
JUAN
ALBERTO BELLOCH
JULBE
27426
REAL
DECRETO 2222/1994,
ere
16
ere
noviembre,
por
el que
se
indulta
a
don
Armando
Lozano Martín.
Visto el
expediente
de
indulto
de
don
Annando
Lozano Martín, con
los
infonnes
del Ministerio Fiscal ydel
Tribunal
se!1tenciador,
condenado
por
la
Sección
Cuarta
de
la
Audiencia
Provincial
de
Madrid,
en
sentencia
de fecha 27 de
septiembre
de 1989, como
autor
de
un
delito de
robo
con
fuerza
en
las
cosas, a
la
pena
de
dos años,
cuatro
meses y
un
día
de
prisión
menor,
con las
accesorias
de
suspensión
de
todo
cargo público
y
derecho
de sufragio
durante
el
tiempo
de
la
condena,
por
hechos
come--
tidos
el 2
de
mayo
de 1984; a
propuesta
del Ministro de
Justicia
e
Interior
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del día
11
de
noviembre
de
1994, .
Vengo
en
conmutar
a
don
Armando
Lozano Martín
la
pena
privativa
de
libertad
impuesta
por
otra
de
un
año
de
prjsión
menor, a
condición
de
que
no
vuelva a
cometer
delito
durante
el
tiempo
de
normal
cum-
plimiento
de
la
condena.
Dado
en
Madrid a16 de noviembre
de
1994.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Justicia
e
Interior,
JUAN ALBERTO BELLOCH
JULBE
27427
REAL
DECRETO 2223/1994,
ere
16 de noviembre, ],or el que
se
indulta
a
don
Francisco Pino Franco.
Visto el
expediente
de
indulto
de
don
Francisco
Pino Franco, con los
infonnes
del Ministerio
Fiscal
y
del
Tribunal
sentenciador,
condenado
por
los
Juzgados
de
lo
Penal
números
3 y 4 de Málaga,
en
sentencias
de
fechas
25
de
febrero
y 5
de
junio
de 1992,
respectivamente,
como
autor
de
un
delito
de
hurto,
a
la
pena
de
cuatro
años,
dos meses y
un
día
de
prisión
menor, y
otro
delito
de
robo
con
fuerza
en
las cosas, a
la
pena
de
cuatro
años,
dos
meses
y
un
día
de
prisión
menor, con
las
accesorias
de
suspensión
de todo cargo público
.y
derecho
de
sufragio
durante
el
tiempo
de
la
con-
dena,
por
hechos
cometidos los
días'29
de
junio
y27 de agosto de 1987;
a
propuesta
del Ministro de
Justicia
e
Interior
y
previa
deliberación del
Consejo de Ministros
en
su
reunión
del
día
11
de
noviembre
de 1994,
Vengo
en
indultar
a
don
Francisco
Pino
Franco
las
pena-'>
privativas
de
libertad
pendientes
de cumplimiento, acondición de
que
satisfaga
las
responsabilidades
civiles íJjadas
en
el plazo que
determine
el
Tribunal
sentenciador
y
no
vuelva a
cometer
delito
en
el plazo de dos
años
desde
la
publicación del
presente
Real Decreto.
Dado
en
Madrid a
16
de
noviembre
de 1994.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia
e
Interior,
JUAN
ALBERTO BELLOCH
JULBE

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