Real Decreto 1933/1995, de 24 de Noviembre, por el Que Se Indulta a Don Manuel Gomez Vicente.

MarginalBOE-A-1995-27529
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia e Interior
Rango de LeyReal Decreto

Visto el expediente de indulto de don Manuel Gómez Vicente, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, en sentencia de fecha 28 de abril de 1986, como autor de dos delitos de utilización ilegítima de vehículos de motor ajenos, a dos penas de cinco meses de arresto mayor y privación del permiso de conducir durante un año; otro delito de tenencia ilícita de armas, a la pena de cinco años de prisión menor, y dos delitos de robo con intimidación en las personas, a dos penas de once años de prisión mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en los meses de agosto de 1983 y enero de 1984, a propuesta del Ministro de Justicia e Interior y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de noviembre de 1995.

Vengo en conmutar a don Manuel Gómez Vicente la pena privativa de libertad impuesta por el delito de tenencia ilícita de armas, por otra de dos años de prisión menor, y las dos penas impuestas por los delitos de robos, por otras dos de cinco años de prisión menor, e indultar las dos penas impuestas por los delitos de utilización ilegítima de vehículos de motor ajenos, a condición de que no vuelva a cometer delito durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 24 de noviembre de 1995.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia e Interior,

JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE

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