REAL DECRETO 954/1998, DE 14 DE MAYO, POR EL QUE SE INDULTA A DON IGOR LOITI LOIDI.

MarginalBOE-A-1998-13254
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 954/1998, de 14 de mayo, por el que se indulta a don Igor Loiti Loidi.

Visto el expediente de indulto de don Igor Loiti Loidi, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4º, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de lo Penal número 3 de San Sebastián que, en sentencia de fecha 10 de noviembre de 1995, le condenó como autor de un delito contra el deber de prestación del servicio militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y accesorias, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de mayo de 1998,

Vengo en indultar a don Igor Loiti Loidi la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 14 de mayo de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN 13255 REAL DECRETO 955/1998, de 14 de mayo, por el que se indulta a don Antonio Luis Adúriz.

Visto el expediente de indulto de don Antonio Luis Adúriz, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4º, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de lo Penal número 4 de San Sebastián que, en sentencia de fecha 22 de abril de 1996 le condenó como autor de un delito contra el deber de prestación del servicio militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y accesorias, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de mayo de 1998,

Vengo en indultar a don Antonio Luis Adúriz la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 14 de mayo de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

13256 REAL DECRETO 956/1998, de 14 de mayo, por el que se indulta a don José Ignacio Martín Alonso.

Visto el expediente de indulto de don José Ignacio Martín Alonso, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4º, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de lo Penal número 2 de Salamanca que, en sentencia de fecha 16 de mayo de 1995, le condenó, como autor de un delito de negativa ilegal a prestar el servicio militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de mayo de 1998.

Vengo en indultar a don José Ignacio Martín Alonso la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 14 de mayo de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

13257 REAL DECRETO 957/1998, de 14 de mayo, por el que se indulta a don Fernando Martín Arco.

Visto el expediente de indulto de don Fernando Martín Arco, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4º, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Vizcaya, que en sentencia de fecha 15 de septiembre de 1995, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 2 de Baracaldo, de fecha 22 de marzo de 1995, le condenó, como autor de un delito de negativa a la prestación del servicio militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y accesorias, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de mayo de 1998,

Vengo en indultar a don Fernando Martín Arco la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 14 de mayo de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

13258 REAL DECRETO 958/1998, de 14 de mayo, por el que se indulta a don Rafael Martín Urmeneta.

Visto el expediente de indulto de don Rafael Martín Urmeneta, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4º, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de San Sebastián que, en sentencia de fecha 29 de septiembre de 1995, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 4 de San Sebastián, de fecha 24 de noviembre de 1994, le condenó, como autor de un delito de rehuse al cumplimiento del servicio militar, a la pena de dieciocho meses de prisión menor con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de mayo de 1998,

Vengo en indultar a don Rafael Martín Urmeneta la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 14 de mayo de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

13259 REAL DECRETO 959/1998, de 14 de mayo, por el que se indulta a don Pablo José Martínez Pinedo.

Visto el expediente de indulto de don Pablo José Martínez Pinedo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4º, apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de lo Penal número 2 de Vitoria que, en sentencia de fecha 12 de noviembre de 1996, le condenó, como autor de un delito contra el deber de cumplimiento de la prestación social sustitutoria, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y accesorias, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de mayo de 1998,

Vengo en indultar a don Pablo José Martínez Pinedo la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 14 de mayo de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia, MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

13260 REAL DECRETO 960/1998, de 14 de mayo, por el que se indulta a don José Martínez Terrados.

Visto el expediente de indulto a don José Martínez Terrados, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4º, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Vizcaya que, en sentencia de fecha 21 de diciembre de 1995, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 2 de Baracaldo, de fecha 8 de junio

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