Real Decreto por el que se estructura el Gabinete del Presidente del Gobierno.

MarginalBOE-A-1978-23725
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyReal Decreto
21574 15
septie.mbre
1978
B.
O.
¡¡el
E.-Núm.
221
23726
des
de
los
servicios
de
información,
prensa.
y
relaciones
públicas
de
la
Administración
Central,
tanto
en-
el
interior
como
en
el
exterior.
Ejerceré..
además.
cuantas
funciones
le
sean
delega-
das
por
el
Presidente
del
Gobierno.
Articulo
cuarta.-La
Secretaría
de
Estado
para
la
Informa-
ción
está
constituida
por
las
siguientes
unidades:
_
Un
Gabinete
Técnico
y
una
Secretaría
General,
con
nivel
orgánico
de
Dirección
General.
-
Cinco
unidades
con
nivel
orgáníco
de
Subdirección
Ge-
neral.
Artículo
quinto.-El
Ministerio
de
Hacienda
efectuará
las
transferencias
de
créditos
precisas
Y.
en
su
caso,
la
habilita-
ción
de
créditos
necesarios
para
dar
cumplimiento
a
lo
dis-
puesto
en
este'
Real
Decre~o.
Articulo
sexto.-El
presente
Real
Decreto
entrará
en
vigor
el
mismo
día
de
su
publtcaeión
en
el
..
Boletín
Oficial
del
ESr
tado,..
DISPOSICIONES
FINALES
MINISTERIO
DE ASUNTOS EXTERIORES
CORRECCION
de
errores
del
Canje
de
Notas
re~aiivo
a
iD
supresión
de
la obLiGa.toriedad
del
pasaporte
para
facilitar
el
turismo
entre
España
y
M6naco,
de
fechas
13
de
abril
y26
de
junio
de
1978,
Advertido
error
en
la
cabeza
del
texto
del
citado
Canje
de
Notas,
publicado
en
el
..
Boletín
Oficial
del
Estado_·
número
209,
de
fecha
1
de
septiembre
de
1978,
ptLgina
número
20458,
se
transcribe
a
continuación
la
rectificación
oportuna:
Donde
dice:
..
Canje
de
Notas
relativo
a
la
supresión
de
la
obligatoriedad
para
faCilitare!
turismo
entre
España
y
Mónaco
de
fechas
13
de
ab.ri~
y26
de
junio
de
1978_,
debe
decir:
..canje
de
Notas
relativo
a
la
supresión
de
la
obligatoriedad
del
pasa-
porte
para
facilitar
el
turismo
entre
España
y
Mónaco
de
fe-
chas
13
de
abril
y
"-6
de
junio
de
Hn8.~
23727
Primera.-Queda.n
extinguidas
las
siguientes
Unidades
admi-
nistrativas,
cuyas
consignaciones
presupuestarias
y
funciones
se
transfieren
8
la
Secretaria
de
Estado
para
la
Información:
La
Oficina
de
Servicios
Informativos
del
Ministerio
de
la
Pre-
sidencia.
el
Gabinete
de
Prensa
y
Documentación,
la
Subdi-
recciÓn
General
de
Publicidad
y
Relaciones
Públicas,
la·
Sub-
dirección
General
de
Medios
de
Comunicación
y
el
Instituto
Nacional
de
Publicidad
del
MinisteI10
de
Cultura.
Segunda.-EI
Gobierno,
por
Real
Decreto
acordado
en
Con-
sejo
de
Ministros,
aprobará,
en
un
plazo
de
tres
meses,
la
estructura
orgánica
de
la
Secretaría
de
Estado
para
la
Infor-
mación.
Tercera.-El
Secretario
de
Estado
para
la
Información
podra
tener
un
máximo
de
cinco
Asesores.
Dado
en
Palma
de
Mallorca
a
uno
de
sept~embre
de
mil
novecien
tos
setenta
y
ocho.
JUAN
CARLOS
MINISTERIO DE HACIENDA
CORRECCION
de
errores
del
Real
Decreto
21521
1978,
de
1
de
septiembre,
por
el
que
se
regula
pro-
visionalmente
el
régtmen
de
dedicación
exclusiva
docente
del
Cuerpo
de
Profesores
de
Educación
Gener~l
Básica.
Advertido
error
en
l}l
texto
remitido
para
su
publicación
del
citado
Heal
Decreto,
inserto
en
el
..
Boletín
Oficial
del
Estado~
número
219,
de
fecha
13
de
septiembre
de
1978,
a
continuación
se
trans,:::ribe
la
oportuna
rectificación:
En
la
página
2.1384,
primera
columna.
articulo
segundo,
nú-
mero
uno,
letra
cl,
donde
dice:
~cl
Cinco
horas
semanales
para
realizar
con
éstos
tareas
complementarias.~,
debe
decir:
..el
Cinco
horas
semanales
para
realizar
otras
actividades
den-
tro
del
Centro
o
con
los
propias
alumnos
....
DISPONGO,
El
Presidente
del
Gobierno.
AOOLFO
SUAREZ
GONZALEZ
Articulo
primero.-EI
Gabinete
del
Presidente
del
Gobierno
estará
directamente
adscrito
al
mismo
y
tendrá
el
nivel
orga-
nico
de
Subsecretaria.
Con
objeto
de
prestar
un
mejor
apoyo
y
asistencia.
al
Pre-
sidente'
del.
Gobierno
en
las
funciones
que
éste
personalmente
ha
de
desempeñar,
resulta
conveniente
reestructurar
los
órga~
nos
de
que
consta
el
Gabinete
directamente
adscrito
al
mismo.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Presidente
del
Gobierno
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
df~
uno
de
septiembre
de
mil
novecientos
setenta
y
ocho,
ORDEN
de
23
de
junio
de
1978
por
la
qUe se
aprue-
ban
las
normas
de
Adaptación
del
Plan
General
de
Contabilidad
para
los
Casmos
de
Juego,
Ilustrísimos
señores:
23728
El
articulo
51
del
Reglamento
Provisional
de
Casinos
de
Juego,
aprobado
por
Orden
del
antiguo
Ministerio
de
la
Gober-
nación
de
1
de
junio
de
1977 (
..
Boletín
Oficial
del
Estado-
del
15
siguiente),
encomienda
al
Ministerio
de
Hacienda
la
regu-
lación
de
la
contabilidad
que
deben
llevar
las
Empresas
titu-
lares
de
los citado,;
establecimientos.
El
Instituto
de
Planificación
CQll.table
ha
redactado
unas
normas
de
adaptación
del
Plan
General
de
Contabilidad
para.
los
Casinos·
de
Juego,
sobre
las
cuales
ha
emitido
informe
fa-
vorable
la
Comisión
Permanente
del
Consejo
Nacional
de
Con-
tabilidad.
En
consecuencia,
ya
fin
de
dar
cumplimiento
a
lo
esta-
blecido
sobre
esta
materia
en
el
Reglamento
citado,
este
Minis-
terio
acuerda
lo
sigUiente·
1.
D
Aprobar
el
texto
que'
figura
seguidamente
conteniendo
las
normas
de
adaptQción
del
Plan
General
de
Contabilidad
a
las
Empresas
comprendIdas
en
el
articulo
4,"
del
Reglamento
Provisional
de
Casinos
de
Juego,
aprobado
por
Orden
del
an-
tiguo
Ministerio
de
la
Gobernación
de
1
de
junio
de
1977.
2.°
Este
texto
Se
aplicará
obligatoriamente
por
las
Empresas
a
que
se
refiere
el
apartado
anterior,
desde
el
día
en
que
C0
4
mience
la
práctica
de
los
juegos
incluidos
en
el
-eatAlogo'apro-
pado
por
Orden
de
1
de
junio
del
mismo
MinIsterio.
3."
Lo
establecIdo
en
este
texto,
en
razón
de
su
contenido
y
finalidad,
no
podrá
afectar
a
la
normativa
del
Impuesto
so-
bre
Sociedades
o
de
cualquier
otro
tributo.
Lo
que
comunico
a
VV,
n.
para
su
conocimiento
y
efectos.
Dios
guarde
a
VV.
n.
muchos
ai\es.
Madrid.
23
de
junio
de
1978.
REAL
DECRETO
2158/1978,
de
1
de
septiembre,
por
el
que
se
estructura
el
Gabinete
del
Presidente
del
Gobierno.
23725
Artículo
segundo.-El
Gabine,te
prestará
asistencia
al
Presi-
dente
del
Gobierno
siempre
que
así
lo
requiera
y
ejercerá
cuan-
tas
funciones
por
él
le
sean
encomendadas.
Artículo
tercero.-EI
Gabinete
del
Presidente
del
Gobierno
constará
de
una
Secretarfa
General,
una
Dirección
de
Estudios
y
una
Dirección
de
Coordinación,
con
rango
de
Director
Ge-
naral,
cuyos
titulares
serán
nombrados
por
Real
Decreto
acor-
dado
en
Consejo
de
Ministros.
.
A.I:ÍCulo
cuarto.-El
presente
Real
Decreto
entrará
en
vigor
el
mIsmo
día
de
su
publicación
en
el
..
Boletín
Oficial
del
Es-
tado~.
Dado
en
Palma
de
Mallorca
a
uno
de
septiembr~
de
mil
novecientos
setenta
yocho.
JUAN
CARLOS
El
Presidente
del Gobierno
ADOLFO SUAREZ GONZALEZ
FERNANDEZ
ORDO>lEZ
Umos.
Sres.
Subsecretario
de
Hacienda
y
Director
del
Instituto
de
Planificación
Contable
.

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