Real Decreto 939/2015, de 16 de octubre, por el que se indulta a don Antonio Jesús Gómez Rodríguez.
Marginal | BOE-A-2015-11228 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Real Decreto |
Visto el expediente de indulto de don Antonio Jesús Gómez Rodríguez, condenado por el Juzgado de lo Penal número 10 de Sevilla, en sentencia de 20 de mayo de 2008, como autor de un delito de alzamiento de bienes a la pena de un año de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y doce meses de multa a razón de una cuota diaria de tres euros, por hechos cometidos en los años 2002-2003, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de octubre de 2015,
Vengo en conmutar a don Antonio Jesús Gómez Rodríguez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por 40 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 16 de octubre de 2015.
FELIPE R.
El Ministro de Justicia,
RAFAEL CATALÁ POLO
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