Real Decreto 2924/1983, de 9 de Noviembre, por el que se crean diversos juzgados de Distrito.

MarginalBOE-A-1983-31076
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto

La necesidad de aumentar el número de Juzgados existentes en las grandes poblaciones, para que puedan desarrollar con mayor agilidad y eficacia la función que tienen encomendada, exige la inmediata creación de los nuevos órganos judiciales que permiten las dotaciones presupuestarias y que se estiman como más urgentes dentro del plan sucesivo y escalonado elaborado por El Ministerio de Justicia. En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia, con informe favorable del Consejo General del Poder Judicial, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de noviembre de 1983, dispongo:

Artículo 1 Se crean los Juzgados de distrito números 28 y 29 de Barcelona; 4 de Murcia; 2 de reus; 7 de Las Palmas; 15 de Sevilla y Valencia; 6 de córdoba, Palma de Mallorca y Vigo; 8 de Bilbao y Granada; 10 de málaga y 9 de Zaragoza.
Art. 2 La plantilla orgánica de los nuevos Juzgados será idéntica a la que tienen los demás Juzgados de igual naturaleza y contenido existentes en las mismas poblaciones.
Art. 3 La provisión de las plazas de los nuevos Juzgados se efectuará de acuerdo con la normativa actualmente vigente.
Art. 4 Por El Ministerio de Hacienda se habilitarán los créditos necesarios para la ejecución de lo dispuesto en el presente Real Decreto.
Art. 5 Los nuevos Juzgados que se crean mediante el presente Real Decreto iniciarán sus actividades el 10 de enero de 1984.
Art. 6 Se faculta al Ministerio de Justicia para adoptar, en el ámbito de su competencia, cuantas medidas exija la ejecución de lo dispuesto en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 9 de noviembre de 1983.- Juan Carlos R.- El Ministro de Justicia, Fernando ledesma bartret.

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